230417 Reglamento de Seguridad para Contratistas de STRI.pdf
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- 333302-24RF-0010040 Tupper Replace and Reinforce Roof for Library Panama, Republic of Panama
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- 333302-24RF-0010040
- Issued by
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Smithsonian Institution
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This document is a Solicitation for the Replace & Reinforce Roof for Library project at the Smithsonian Institution's Tropical Research Institute (STRI) in Panama. The Solicitation is seeking a contractor to provide all supervision, labor, materials, and equipment necessary to perform construction services to complete the roof replacement and reinforcement work, in accordance with the provided specifications and drawings. The applicable NAICS code is 236220 Commercial and Institutional Building Construction, with a size standard of $45 million. The estimated construction budget is between $1-5 million.
The Solicitation requires the contractor to be legally registered and licensed to operate as a construction company in Panama, with the necessary certifications. A pre-bid conference and site visit are scheduled for August 8-9, 2024. Questions must be submitted by August 22, 2024, and proposals are due by September 23, 2024 at 3:00 PM EST. Proposals must be submitted through DropBox links provided in the Solicitation. The selected contractor must have a Unique Entity ID number and be actively registered and current in the SAM system.
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Reglamento para Contratistas de STRI Fecha de Revisión Rev. No. 2.6
Prog. de Gestión de Seguridad Ocup. 17 de abril de 2023
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REGLAMENTO DE SEGURIDAD
PARA
CONTRATISTAS DEL
INSTITUTO SMITHSONIAN DE INVESTIGACIONES TROPICALES
(STRI)
17 de abril de 2023
Versión 2.6
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ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN
1.1. Reconocimiento
2. REQUISITOS DE SEGURIDAD DE STRI PARA CONTRATISTAS
2.1. Trabajadores Competentes
2.2. Análisis Inicial de las Condiciones de Seguridad
2.3. Plan de Trabajo General Listando de Actividades y Tareas Principales
2.4. Listado de Peligros Relacionados con cada Actividad y Tarea
2.5. Análisis de Riesgos de los Peligros Identificados
2.6. Plan de Manejo de Riesgos Significativos (PMRS)
2.7. Protección del Ambiente (agua, tierra, aire, fauna y flora)
2.8. Plan de Respuesta de Emergencias (PRE)
2.9. Reglas y Prácticas de Conducta en el Sitio de Trabajo
2.10. Subcontratistas y Empleados Independientes que Trabajan para el Contratista
Principal
2.11. Representante del Contratista en el Lugar de Trabajo
2.12. Comunicación
2.13. Lista de Verificación Inicial
3. REQUISITOS GENERALES PARA LOS CONTRATISTAS QUE TRABAJAN EN LAS
INSTALACIONES DE STRI O CON EQUIPO DE STRI
3.1. Orden de Compra o Contrato
3.2. Convenios con el Supervisor o Coordinador Científico de la Instalación
3.3. Responsabilidad de Seguridad en la Instalación
3.4. Acceso Restringido a Áreas Peligrosas
3.5. Protección de las Áreas de Trabajo Públicas
3.6. Equipo de Primeros Auxilios
3.7. Equipo de Protección Personal (EPP)
3.8. Procedimientos y Plan de Emergencia
3.9. Extintores de Incendios
3.10. Identificación Adecuada
3.11. Cumplimiento de La Ley
3.12. Notificación de Accidentes o Incidentes de Pérdida
3.13. Control de Sustancias Peligrosas
3.14. Trabajo Caliente
3.15. Trabajo en Espacios Confinados
3.16. Procedimientos de Bloqueo y Etiquetado
3.17. Excavaciones
3.18. Trabajo en Alturas
3.19. Trabajo sobre Techos
3.20. Servicios Existentes Subterráneos y Aéreos
3.21. Grúas
3.22. Trabajo Eléctrico
3.23. Orden y Limpieza
3.24. Descarte de Desechos y Desperdicios
3.25. Asbesto
3.26. Manipulación Manual
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4. ACUSO DE RECIBO Y ENTENDIMIENTO DEL CONTRATISTA
ANEXO A
LISTA DE TAREAS CLASIFICADAS COMO DE RIESGO SIGNIFICATIVO
ANEXO B
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS
ANEXO C
DEFINICION DE VARIABLES - ANALISIS DE RIESGOS SEMI-CUANTITATIVO Y
EVALUACIÓN DE RIESGOS
ANEXO D
LISTA DE VERIFICACIÓN DE SEGURIDAD PREVIA AL INICIO DE LOS
TRABAJOS
ANEXO E: PERMISO DE TRABAJO CALIENTE
ANEXO E – PERMISO DE ENTRADA A ESPACIOS CONFINADOS
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1. INTRODUCCIÓN
El Instituto Smithsonian de Investigaciones Tropicales (STRI) está comprometido con la seguridad, la salud de su personal y cualquier otra persona vinculada con nuestras actividades, al igual que el ambiente. La seguridad es un valor central para STRI. Por esto promovemos un Programa de Gestión de Seguridad, Salud Ocupacional y Protección
Ambiental con énfasis en la participación de cada persona vinculada con el Instituto en la identificación de peligros, la evaluación de riesgos y la implementación oportuna de medidas de control. Nos esforzaremos por alcanzar nuestra a meta de cero-accidentes y proveeremos los recursos necesarios para la ejecución segura de las operaciones, manteniendo los sitios de trabajo libres de peligros no-controlados. Para garantizar un mejoramiento continuo, la
Dirección de STRI revisará el Programa anualmente velando por el cumplimiento de las leyes, las políticas de la Institución Smithsonian y otras normas relevantes.
Este reglamento complementa la política de seguridad, salud y ambiente arriba enunciada y aplica a todas las actividades de trabajo que vaya a ejecutar cualquier contratista de STRI dentro de nuestras instalaciones y fuera de éstas cuando esas actividades externas sean necesarias para cumplir con el contrato de obra o servicio.
Este reglamento tiene aplicación a las actividades contratadas de servicio tales como los servicios de limpieza de oficinas, manutención de áreas verdes, y obras tales como trabajos de nuevas edificaciones, renovaciones, mantenimiento, reparaciones de instalaciones, maquinarias y/o pertenecientes, ocupadas, o arrendadas por STRI.
TODO TRABAJO DE SERVICIO Y OBRAS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO
DEBERÁ REGIRSE POR LO ESTIPULADO EN LAS NORMAS DE SEGURIDAD DE
PANAMÁ, LAS NORMAS DE SEGURIDAD ESTABLECIDAS EN 29 CFR 1910 DE LA
ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD OCCUPACIONAL DE ESTADOS
UNIDOS (OSHA), Y LAS DIRECTRICES DE LA SMITHSONIAN INSTITUTION.
EN CASO DE CONFLICTO, LA EXIGENCIA MÁS ESTRICTA PREVALECERÁ.
CUALQUIER TRABAJO DE CONSTRUCCIÓN DEBERÁ REGIRSE POR LO
ESTIPULADO EN EL DECRETO EJECUTIVO 2 DEL 15 DE FEBRERO DE 2008
CODIFICADO EN LA GACETA OFICIAL NO. 25979 DEL 16 DE FEBRERO DE 2008,
EN 29 CFR 1926 DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD
OCCUPACIONAL DE ESTADOS UNIDOS (OSHA), Y LAS DIRECTRICES DE LA
SMITHSONIAN INSTITUTION.
EN CASO DE CONFLICTO, LA EXIGENCIA DE LA NORMA MÁS ESTRICTA
PREVALECERÁ.
STRI busca que los contratistas, subcontratistas, proveedores, visitantes y cualquier otra persona vinculada con los contratos, estén seguros y se desempeñen seguramente mientras se encuentren las instalaciones, vehículos y maquinarias de STRI.
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El Código de Trabajo de Panamá en su Libro II, Título I sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo, en su artículo 282 exige de STRI y sus contratistas aplicar las medidas que sean necesarias para proteger eficazmente la vida y la salud de sus trabajadores; garantizar su seguridad y cuidar de su seguridad mediante el acondicionando de locales y proveyendo equipos de trabajo y adoptando métodos para prevenir, reducir y eliminar los riesgos profesionales en los lugares de trabajo de conformidad con las normas que sobre el particular establezcan: el Ministerio de Trabajo y
Bienestar Social, la Caja de Seguro Social y cualquier otro organismo competente”
Este reglamento busca ayudar a los contratistas a cumplir con la exigencia arriba mencionada y mejorar su desempeño con seguridad esforzándose por alcanzar la meta de cero-accidentes en la realización todas las actividades de trabajo vinculadas con sus contratos.
Los contratistas y todos quienes efectúen trabajos para usted, tienen la obligación de cumplir con las medidas mínimas de seguridad establecidas en este reglamento al ejecutar sus labores, especialmente aquellas clasificadas como de alto riesgo que se encuentran listadas en el Anexo A.
Los contratistas tienen la obligación de trabajar con seguridad, cumpliendo con este reglamento y con cualquier otra medida de control que STRI considere necesaria para salvaguardar la seguridad de su personal, de sus visitantes, del personal del contratista, de las instalaciones, activos de STRI y del entorno ambiental. STRI no acepta responsabilidad de ningún tipo respecto a actos, errores, omisiones, o incidentes relacionados con la seguridad que puedan ocurrir durante la ejecución de los trabajos autorizados y no-autorizados.
Los contratistas y sus empleados deberán poner énfasis en todas las condiciones, prácticas, propiedades, equipos, maquinarias y en los trabajadores que puedan presentar un riesgo alto y moderado según los análisis de riesgos vinculados con esas actividades. Cualquier trabajo deberá suspenderse y/o posponerse cuando no se puedan tomar las medidas de control de seguridad necesarias y hasta que se puedan implementar las precauciones apropiadas para salvaguardar la vida, las propiedades y el ambiente.
Siempre que sea necesario, los contratistas estarán en obligación de consultar y/o solicitar información específica al Representante Técnico del Contrato (COTR por sus siglas en inglés), al Supervisor, o al Coordinador Científico de la instalación, al fabricante, distribuidor y/o otras fuentes confiables.
1.1. Reconocimiento
El formato de este reglamento y parte de su contenido sigue el formato del Manual de Seguridad de Contratistas de la antigua Texaco Corporation.
Agradecemos al personal de seguridad ocupacional de Texaco Co. por su contribución al cuerpo de documentación de seguridad ocupacional.
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2. REQUISITOS DE SEGURIDAD DE STRI PARA CONTRATISTAS
2.1. Trabajadores Competentes
Con el propósito de asegurar las competencias de los trabajadores, STRI tendrá la potestad de solicitar a los contratistas evidencia de las competencias de los trabajadores quienes pretendan ejecutar trabajos clasificados como de alto riesgo (Anexo A) para STRI. En los casos que STRI así lo decida, la evidencia deberá ser presentada previamente según el tiempo que estipule el
COTR (Contracting Officer Technical Representative – Representante Técnico del Oficial de
Contrataciones). Esta evidencia puede consistir en diplomas, certificados, licencias, registros, etc.
El contratista deberá emplear personal que esté capacitado, calificado y autorizado por STRI (en los casos donde se requiera revisar las competencias) no solo en las actividades de trabajo, sino también en los métodos de identificación de peligros, evaluación de riesgos, implantación de medidas de control y con conocimiento de las normas de seguridad, salud y protección ambiental que apliquen en el lugar de trabajo.
2.2. Análisis Inicial de las Condiciones de Seguridad
Con el propósito de asegurar condiciones adecuadas de seguridad para la realización de las actividades y tareas de trabajo relacionadas con el contrato, el contratista deberá presentar al
COTR los siguientes documentos, previo al inicio de los trabajos:
• Plan de Trabajo General Listando las Actividades y Tareas Principales
• Listado de Peligros relacionados con cada Actividad y Tarea
• Análisis de Riesgo de los Peligros Identificados
• Plan de Manejo de los Riesgos Significativos
• Plan de Respuesta de Emergencias
2.3. Plan de Trabajo General Listando de Actividades y Tareas Principales El contratista deberá planificar y documentar secuencialmente las actividades y tareas principales vinculadas con el contrato. Este Plan de Trabajo servirá como base para el Plan de Manejo de
Riesgos.
2.4. Listado de Peligros Relacionados con cada Actividad y Tarea El contratista identificará y documentará los peligros (tanto para la seguridad del personal y del ambiente) relacionados con cada actividad y tarea principal y deberá presentarlo al COTR junto al Análisis de Riesgos, Plan de Manejo de Riesgos Significativos y el Plan de Respuesta de
Emergencias antes del inicio de las actividades de trabajo o según lo establezca el contrato.
Los peligros se pueden clasificar como físicos, químicos, ergonómicos, biológicos, ambientales, entre otros. (Ver listado de peligros comunes en el Anexo B.)
2.5. Análisis de Riesgos de los Peligros Identificados
Para trabajos puntuales por un monto menor a $2500, el contratista deberá presentar al COTR, como mínimo, un Análisis de Riesgo Cualitativo en el cual cada peligro identificado generará un riesgo que podrá denominarse subjetivamente como “bajo”, “mediano”, o “alto”.
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Para trabajos por un monto igual o mayor a $2500, el contratista deberá presentar al COTR, como mínimo, un Análisis de Riesgo Semicuantitativo que considere la consecuencia y la probabilidad de que cada peligro identificado.
Será necesario que el contratista presente su definición de variables e indique el nivel de riesgo para cada peligro identificado. (Ver ejemplo de definición de variables para análisis de riesgo semicuantitativo en el Anexo C).
Aquellos peligros que generen riesgos significativos (moderados y altos) deberán incluirse en el
Plan de Manejo de Riesgos Significativos.
2.6. Plan de Manejo de Riesgos Significativos (PMRS)
El Plan de Manejo de Riesgos Significativos puede tener diversas formas dependiendo de la complejidad de las tareas y las actividades que generen riesgos significativos.
Las estrategias de control se basan en la aplicación de controles de ingeniería, controles administrativos y/o controles de equipo de protección personal (EPP). Con frecuencia, el manejo adecuado de los riesgos involucra la combinación de varios tipos de controles.
Como ejemplos de Controles de Ingeniería se encuentran: barandas, ventilación (general o localizada), uso de camiones canasta, elevadores, barreras (acústicas, térmicas), etc.
Como ejemplos de Controles Administrativos se encuentran: el establecimiento de políticas y programas de seguridad (Análisis de Riesgos, Control de Energía Peligrosa, Protección
Respiratoria, Protección Ocular, Protección Auditiva, Planes de Emergencias, Capacitación, etc.), el uso de procedimientos de trabajo seguro, rotación de personal para limitar la exposición al ruido o a sustancias químicas peligrosas, diseño de controles de ingeniería, evaluaciones médicas de línea base, o de seguimiento, seguimiento de normativas y uso de mejores prácticas, etc.
Como ejemplos de Equipos de Protección Personal se encuentran: respiradores, lentes de seguridad, gafas, caretas botas, protectores auditivos, cascos, sistemas de protección personal contra caídas, guantes, etc.
Nota: Todo EPP a ser usado en STRI como método de control de riesgos deberá cumplir con su respectiva norma técnica (ej. ANSI, ASTM, etc.). STRI se reserva el derecho de inspeccionar los
EPP del contratista y exigir su reemplazo cuando, a juicio del COTR o su designado, el EPP no cumpla con las normas técnicas, o se encuentre en condiciones deplorables.
El Plan de Manejo de Riesgos Significativos deberá explicar la forma en que el contratista controlará los peligros que hayan resultado con riesgos moderados y altos en el Análisis de
Riesgos y cualquiera de las siguientes actividades o situaciones:
• Entrada a espacios confinados
• Trabajos calientes y “en caliente”
• Bloqueo y etiquetado
• Capacitación para conductores
• Protección en excavaciones
• Protección contra caídas
• Equipo de protección personal
• Protección contra los materiales peligrosos y las sustancias dañinas a la salud y al ambiente
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El contratista deberá revisar regularmente (al menos semanalmente) el Plan de Manejo de
Riesgos Significativos (PMRS) con su personal, con el fin de asegurar su cumplimiento y hacer cualquier cambio pertinente. El contratista presentará al COTR copia de la lista de asistencia y la minuta de la revisión del Plan de Manejo de Riesgos Significativos.
2.7. Protección del Ambiente (agua, tierra, aire, fauna y flora).
El contratista deberá hacer todo lo necesario por cuidar del ambiente evitando impactarlo negativamente a través de derrames, liberaciones de materiales peligrosos, o de cualquiera otra forma.
Cualquier tarea que tenga el potencial de causar derrames, liberaciones de materiales peligrosos o cualquier otro impacto ambiental potencialmente significativo deberá incluirse en el PMRS indicando las medidas de control que serán utilizadas. Si las medidas de control adecuadas no se pueden realizar, la tarea será pospuesta hasta que se pueda cumplir con los controles adecuados.
2.8. Plan de Respuesta de Emergencias (PRE)
El contratista deberá presentar un Plan de Respuesta de Emergencias relacionadas con algún fallo potencial de las medidas de control del Plan de Manejo de Riesgos Significativos. El contratista deberá capacitar a sus trabajadores y subcontratistas en los procedimientos que deberán seguir en casos de emergencia mientras laboran en STRI.
Estos procedimientos deberán revisarse con el Administrador, Supervisor o Coordinador
Científico del lugar donde se realizarán los trabajos para asegurar su viabilidad, especialmente en lugares remotos.
Entre las emergencias se consideran incendios, derrames de sustancias peligrosas a la salud de las personas o del ambiente, lesiones personales, enfermedades súbitas u otros incidentes de pérdidas relacionados con la seguridad de personas o del ambiente.
El contratista deberá asegurarse que sus propios empleados, subcontratistas o empleados inde-pendientes bajo su control comprendan e implementen los procedimientos de respuesta de emergencias, cuando así se requiera.
Los procedimientos de emergencia deberán explicar con detalle las medidas que deberá tomar el personal del contratista en una emergencia, las cuales pueden incluir: convocar servicios de emergencia, servicio de ambulancia o policía, desplegar barreras contra derrames, proporcionar información de emergencia.
Todo el personal en el lugar de trabajo deberá conocer estos procedimientos y el acceso al uso del teléfono o radio deberá estar disponible para ellos.
En caso de cualquier situación de emergencia, el contratista deberá reportarlo cuanto antes a la
Sala de Control de Seguridad de STRI (212-8911/8211) y al COTR para conocimiento de STRI.
El contratista deberá presentar un informe de las causas y de las acciones tomadas para responder a cualquier incidente que haya requerido de la activación del PRE lo antes posible; pero en un plazo no mayor de 48 horas posteriores al incidente.
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2.9. Reglas y Prácticas de Conducta en el Sitio de Trabajo
Se espera que los contratistas cumplan con las siguientes reglas generales de conducta:
• No silbar, ni hacer comentario alguno de índole sexual o de cualquier tipo al personal vinculado con STRI dentro de las instalaciones de STRI.
• No consumir bebidas alcohólicas, ni drogas en el lugar de trabajo.
• No presentarse a trabajar bajo la influencia o efecto del alcohol y/o drogas.
• No se permiten pleitos, bromas pesadas, ni comportamiento imprudente en el lugar de trabajo.
• No se permiten armas blancas, ni de fuego.
• No se permite el uso indebido de la maquinaria, las herramientas y otros equipos de trabajo o de seguridad personal.
• Vestir de manera apropiada con camisa, pantalón largo y calzado de seguridad (no se permite calzar zapatillas, ni sandalias) .
• Portar el EPP designado y cualquier otro atuendo de protección según el PMRS.
• Mantenerse en el sitio de trabajo y no incursionar en áreas restringidas o no relacionadas con las actividades de trabajo contratadas.
• Observar todas las medidas, procedimientos, medidas y restricciones que se revisaron con el Coordinador Científico y/o supervisor del lugar de trabajo.
2.10. Subcontratistas y Empleados Independientes que Trabajan para el Contratista Principal
El contratista deberá emplear subcontratistas o empleados independientes que cuenten con la capacitación, calificación y pruebas aceptables de seguridad.
El contratista será responsable de estas personas mientras ejecutan sus labores en las instalaciones de STRI o mientras realicen trabajos para STRI y deberá cerciorarse que dichas personas com-prendan y cumplan con las condiciones de seguridad establecidas en este reglamento.
STRI tiene el derecho de revisar, aprobar o excluir a cualquier subcontratista que realice labores en el lugar de trabajo o para STRI antes o durante la ejecución de las mismas.
2.11. Representante del Contratista en el Lugar de Trabajo
El contratista deberá designar a un supervisor principal para el control del trabajo y servir como punto intermedio de comunicación entre el contratista y STRI.
2.12. Comunicación.
Los contratistas deberán asegurar que sus empleados y subcontratistas se encuentren familiarizados con la documentación de control del trabajo, como por ejemplo señalización, permisos de trabajo y el Plan de Manejo de Riesgos Significativos.
2.13. Lista de Verificación Inicial
El contratista y el COTR conducirán una reunión inicial de seguridad antes de comenzar el proyecto y durante el transcurso del proyecto, según sea necesario. Ambas partes deberán asegurar el cumplimiento del Plan de Manejo de Riesgos Significativos, e incluir en el mismo cualquier asunto específico de seguridad que pueda surgir durante el trabajo.
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En el ANEXO D incluye una lista de verificación de seguridad previa al inicio del trabajo que se puede utilizar durante la reunión inicial.
3. REQUISITOS GENERALES PARA LOS CONTRATISTAS QUE
TRABAJAN EN LAS INSTALACIONES DE STRI
Para recibir la autorización necesaria para trabajar en las instalaciones de STRI o con equipo de
STRI, los contratistas deberán cumplir con los requisitos administrativos establecidos en la
Sección 3.1.
La Sección 3.2 describe los requisitos operacionales de seguridad normados en los reglamentos de seguridad de Panamá, de Estados Unidos y la Institución Smithsonian.
La Sección 3.3 establece los procedimientos mínimos de control de trabajo que STRI requiere que el contratista utilice para controlar la ejecución diaria del trabajo, así como las evaluaciones de desempeño del contratista.
3.1. Orden de Compra o Contrato
El contratista deberá tener una orden de compra, o un contrato firmado de parte de STRI antes de iniciar cualquier trabajo. Esta orden de compra o contrato deberá especificar las tareas a realizar y puede incluir diagramas y especificaciones detalladas.
El contratista deberá revisar todos los requisitos administrativos, operativos y de seguridad de manera que pueda hacer las preparaciones necesarias y garantizar que tiene la capacidad de cumplir con todos ellos.
3.2. Convenios con el Supervisor o Coordinador Científico de la Instalación Todo trabajo que se ha de ejecutar en una instalación del STRI deberá ser consensuado con el
Supervisor del sitio de trabajo y/o el Coordinador Científico de la instalación antes del inicio de dicho trabajo. Se deberá consensuar lo siguiente:
• Tiempo, duración y propósito del trabajo.
• Restricciones en el acceso y uso de las instalaciones; equipo, maquinaria, vehículos y herramientas de STRI.
• Planes de cualquier interrupción de los servicios normales del lugar de trabajo: agua, electricidad, agua, aire acondicionado, etc.
• Cualquier restricción a las operaciones normales del lugar de trabajo.
• Mantenimiento de acceso y egreso seguro para todo el personal del lugar de trabajo, otros trabajadores y vehículos de entrega.
• Arreglos de acceso y estacionamiento para el personal del contratista, vehículos y entregas.
• Ubicación de oficinas, remolques y materiales en la instalación pertenecientes al contratista.
• Restricciones para el personal del contratista; por ejemplo: el uso de las instalaciones sanitarias, o de consumo de alimentos del lugar de trabajo.
• Metodología para hacer inspecciones e investigaciones.
• Procedimientos de emergencia en caso de incendio, derrame, accidente u otro incidente.
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Si durante la ejecución del trabajo, la instalación seguirá funcionando en su totalidad o en parte, el contratista deberá coordinar con el Representante de STRI (COTR, o Supervisor del sitio o
Coordinador Científico de la instalación) para asegurar que se revisen y observen todas las condiciones necesarias para ejecutar el trabajo con seguridad. En estas circunstancias, lo pri-mordial es la seguridad del personal del lugar de trabajo, de los demás trabajadores, así como los visitantes que puedan acceder a sus puestos de trabajo o lugares de interés.
3.3. Responsabilidad de Seguridad en la Instalación
Antes de iniciar el trabajo, el contratista deberá asignar a una persona que será responsable de que se cumplan todos los requisitos de seguridad en el lugar de trabajo. Esta persona puede o no ser el supervisor principal del contratista.
El contratista deberá mantener un registro actualizado de todos los trabajadores propios, subcontratistas y proveedores en el lugar de trabajo. Este listado permitirá el conteo de cabezas en caso de que ocurra una emergencia en el lugar de trabajo.
3.4. Acceso Restringido a Áreas Peligrosas
El contratista deberá conocer las áreas peligrosas del lugar de trabajo y deberá revisar con sus empleados las limitaciones o restricciones relacionadas con estas áreas restringidas según información suministrada por el COTR o algún otro representante de STRI.
El contratista deberá asegurar la prohibición del acceso a áreas no autorizadas y/o restringidas y que su personal o subcontratistas cumplan con las reglas mientras se encuentran en el lugar de trabajo.
3.5. Protección de las Áreas de Trabajo Públicas
Todas las áreas en las que se prohíbe el acceso del público general deberán estar identificadas claramente, acordonadas con barreras y marcadas con señales claras de advertencia de entrada prohibida.
En las circunstancias que aplique, el contratista deberá asegurar que su trabajo no sea peligroso para el personal de STRI, el público, ni cualquier otra persona vinculada con STRI que acuden al lugar de trabajo, y deberán tomar en cuenta la protección de los niños contra los peligros.
Si fuese necesario o exigido, el contratista deberá proteger el perímetro a áreas peligrosas con una cerca o barrera con un mínimo de 2 metros de altura y con una rigidez tal que impida el acceso a niños y al público.
Si el trabajo ha de llevarse a cabo bajo condiciones de iluminación limitadas, se deberá proporcionar iluminación temporal, tomando en cuenta que ésta deberá ser aprobada para el área de trabajo de acuerdo a la clasificación específica de la misma.
El contratista deberá poner particular atención a todo trabajo ejecutado en áreas públicas o en áreas que se encuentren fuera de los límites de la propiedad en la que se ejecuta el trabajo.
Cualquier área de trabajo deberá ser acordonada, iluminada y señalizada indicando el peligro al público.
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3.6. Equipo de Primeros Auxilios
El contratista deberá proporcionar a sus trabajadores al menos un botiquín de primeros auxilios cónsono con el número de trabajadores. Al menos el 10 % de las personas que integran el personal en campo deberán tener conocimientos de primeros auxilios con certificado vigente.
El equipo de primero auxilios deberá estar disponible todo el tiempo que se realicen actividades de trabajo y su ubicación deberá comunicarse a todos los trabajadores. El botiquín deberá contar con guantes y otras barreras de protección contra la transmisión de patógenos acarreados en la sangre.
3.7. Equipo de Protección Personal (EPP)
El contratista deberá cerciorarse que los trabajadores y el personal bajo su cargo, así como los subcontratistas que laboren en el lugar de trabajo, lleven equipo de protección personal adecuado conforme lo estipulado en el Plan de Manejo de Riesgos Significativos y en conformidad con las normas de STRI. El contratista tiene la responsabilidad de suministrar a su personal el equipo de protección personal apropiado.
Específicamente, el siguiente EPP deberá ser provisto como mínimo:
• Se deben usar cascos de seguridad en todo momento durante la permanencia en el lugar de trabajo.
• Se deberá calzar zapatos de seguridad.
• Se deberá llevar protección para los ojos cuando haya riesgo proyectiles u otros objetos que puedan lesionar a los ojos.
• Se deberá portar protección respiratoria para cualquier exposición a vapores, gases u otras sustancias peligrosas que se puedan incorporar al cuerpo por el tracto respiratorio.
• Se deberá llevar protección auditiva cuando las mediciones indiquen un nivel de intensidad sonora por encima de 85 dBA o cuando se esté usando equipo que presente un riesgo de afectación a la audición.
• Se deberá llevar protección para las manos cuando se manipulan sustancias químicas u objetos puntiagudos, o cuando se esté expuesto a equipo que presente un riesgo de lesiones para las manos.
Todo el EPP deberá mantenerse en buenas condiciones y almacenarse correctamente cuando no esté en uso.
3.8. Procedimientos y Plan de Emergencia
El contratista deberá revisar sus propios procedimientos de emergencia con el Supervisor del sitio de trabajo o con el Coordinador Científico de la instalación. Deberán asegurarse de que todas las personas laborando en el lugar de trabajo conozcan y comprendan estos procedimientos.
Estos procedimientos deberán detallar las acciones que deben tomarse en una emergencia y deben incluir instrucciones específicas para llamar a los servicios de emergencia. Los números de teléfono de emergencia de STRI son 212-8911 o 212-8211 o las extensiones 28911 u 28211, si llama desde un teléfono de STRI.
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Se espera que los trabajadores conozcan y sigan los procedimientos de emergencia de STRI o del lugar de trabajo para la respuesta a incidentes, incluyendo evacuación al punto designado de reunión y el conteo del personal.
Todo trabajo deberá detenerse cuando suene la alarma del lugar de trabajo y el equipo deberá dejarse de manera segura antes de la evacuación.
3.9. Extintores de Incendios
El contratista deberá mantener extintores de incendios junto al sitio donde se realice cualquier trabajo caliente (ver sección 3.14). Los extintores deberán ser seleccionados adecuadamente para proteger contra los peligros específicos y los trabajadores deberán haber sido entrenados en su uso.
Cuando el transporte de extintores al lugar de trabajo no sea posible, el contratista podrá utilizar los extintores de STRI previo acuerdo con el Representante de STRI designado para tal fin.
En lugares remotos en los que no existan extintores de STRI, se deberán hacer los arreglos necesarios para asegurar el transporte de los mismos al lugar de trabajo.
3.10. Identificación Adecuada
En todo momento que se labore en el lugar de trabajo, los contratistas deberán llevar un distintivo de identificación aprobado que indique el nombre de la persona y la compañía para la cual trabaja.
3.11. Cumplimiento de La Ley
Los trabajadores contratados deberán cumplir en todo momento con todos los instrumentos legales que apliquen al trabajo que se efectúe. Es responsabilidad del contratista asegurar que todos los reglamentos, normas y prácticas se sigan en todas las labores realizadas en el lugar de trabajo.
3.12. Notificación de Accidentes o Incidentes de Pérdida
El contratista deberá notificar a STRI vía telefónica y por escrito utilizando un formato en el
Anexo E de cualquier incidente de pérdida que ocurra durante la ejecución del trabajo, incluyendo toda fatalidad, incidente que resulte en incapacidad, lesiones menores, derrames de productos que afectan al ambiente, primeros auxilios, enfermedades de trabajo y cualquier otra pérdida significativa.
Esta notificación se hará tan pronto como sea posible y no más tarde de las siguientes 48 horas después de ocurrido el incidente. En el caso de fatalidades y/o incidentes que repercutan en incapacidad, se deberá reportar INMEDIATAMENTE a la Sala de Control del STRI y al COTR.
El contratista deberá investigar en su totalidad todo accidente o incidente de pérdida y deberá enviar un informe al representante de STRI lo antes posible después del suceso; pero no más tarde de las 48 horas después del incidente. El informe deberá explicar en detalle lo sucedido e indicar las acciones de mitigación inmediatas que se han tomado y aquellas acciones finales para evitar que el incidente vuelva a suceder.
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STRI tiene el derecho de investigar cualquier incidente dentro de sus instalaciones. Los contratistas y sus empleados deberán proporcionar toda la información a STRI y cooperar totalmente en cualquier investigación subsiguiente.
3.13. Control de Sustancias Peligrosas
El contratista deberá cumplir con DGNTI-COPANIT 432-2001 y las normas de STRI relacionadas con cualquier sustancia o materiales peligrosos que se introduzcan al lugar de trabajo, o que sean producidas en el lugar de trabajo.
Se deberá presentar un Inventario de Sustancias Químicas Peligrosas al COTR antes de su ingreso a las instalaciones de STRI. Toda sustancia química peligrosa que sea incluida en el
Inventario deberá estar debidamente etiquetada y contar con su respectiva Hoja de Seguridad de
Materiales (SDS) las cuales estarán disponibles a los trabajadores en todo momento.
Para mayor información refiérase a DGNTI-COPANIT 432-2001 que se encuentra en la Gaceta
Oficial 24303 (http://www.asamblea.gob.pa/main/Escondidos/LegispanyGacetaOficial.aspx), al
Manual de Comunicación de Peligros Químicos de STRI, o al 29CFR 1910.1200 de la OSHA.
El contratista deberá informar a sus empleados sobre cualquier riesgo relacionado con el uso de sustancias químicas peligrosas y proporcionar las precauciones, procedimientos y equipo de protección personal necesarios para proteger a todos aquellos que se vean expuestos, o que puedan resultar afectados por dichas sustancias y materiales.
3.14. Trabajo Caliente
Un trabajo caliente es cualquier trabajo que utilice o que produzca una llama abierta regulada o cualquier llama expuesta no regulada, chispas u otras fuentes de ignición que podrían encender cualquier material inflamable o combustible.
Los trabajadores deberán asumir que siempre existe un peligro de materiales y atmósferas inflamables en el lugar de trabajo, y por lo tanto deberán asegurar que se sigan las precauciones correspondientes.
Los trabajos calientes que involucren llamas abiertas deberán ser ejecutados mediante la emisión de un Permiso de Trabajo Caliente. (Ver ANEXO E Permiso de Trabajo Caliente).
Los siguientes trabajos se consideran trabajos calientes:
• Soldadura autógena.
• Moldeado
• Pistolas de clavos y tomillos
• Lijado
• Uso de cualquier motor eléctrico, o motor de combustión interna.
• Corte o quemado de metal
• Trituración o pulverización
• Picado o raspado, incluyendo pavimento y concreto
• Uso de un disco de corte abrasivo
• Uso de sopletes
• Uso de soplador de aire caliente
• Uso de crisoles de descarga, por ejemplo: calentadores de asfalto
• Uso de quemadores de propano
• Uso de sierras, taladros y otras herramientas eléctricas y neumáticas que puedan generar chispas.
http://www.asamblea.gob.pa/main/Escondidos/LegispanyGacetaOficial.aspx
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Los contratistas no deberán iniciar ningún trabajo caliente hasta que no sean removidos del lugar de trabajo los materiales y/o atmósferas inflamables. Todo trabajo caliente deberá planificarse con tiempo y se deberá obtener un Permiso de Trabajo Caliente antes de iniciar con una duración que no excederá las 24 horas.(VER ANEXO E – Permiso de Trabajo Caliente)
En caso de trabajos calientes en espacios confinados, el contratista será responsable por ejecutar pruebas de las atmósferas de trabajo, a menos que se apruebe de otra manera en el Permiso de
Trabajo en Espacios Confinados. (Ver sección 3.15 y ANEXO F - Permiso de Trabajo en
Espacios Confinados)
El contratista deberá asegurarse de impedir que cualquier fuente de gases inflamables alcance el área de trabajo caliente. El contratista designará a un trabajador como salvaguarda de la operación y le proveerá con extintores de incendio para que actúe en caso de incendio.
Cuando se ejecuten cortes de metal o concreto en frío, la superficie del material deberá humedecerse constantemente con un flujo de agua.
3.15. Trabajo en Espacios Confinados
Todo trabajo que se ejecute en un espacio confinado deberá ser notificado a la Oficina de
Seguridad e Higiene Industrial de STRI y ser controlado por medio de un Permiso de Entrada a
Espacios Confinados (ver ANEXO F - Permiso de Entrada a Espacios Confinados).
Estos trabajos deberán ejecutarse en conformidad con la Norma de Entrada a Espacios
Confinados de STRI y la entrada a los espacios será autorizada únicamente a trabajadores que muestren competencias para trabajar dentro de espacios confinados.
Los espacios confinados que sean evaluados como inmediatamente peligrosos para la vida o la salud (IDLH, siglas en inglés), por causa de niveles altos de sustancias tóxicas, o por la ausencia de una atmósfera segura para la vida (bajos niveles de oxígeno) requerirán ventilación permanente y monitoreo continuo.
Un espacio se considera como espacio confinado si cumple con dos de las siguientes condiciones:
• Es lo suficientemente grande y de un diseño adecuado de manera que una persona pueda entrar a realizar un trabajo; pero no para que la persona permanezca allí indefinidamente;
• Tiene medios limitados de entrada y salida;
• Tiene mala ventilación natural o no cuenta con ella, y
• Contiene o tiene el potencial de contener un peligro serio reconocido para la seguridad o la salud.
Todo trabajo en espacios confinados deberá ser vigilado por un vigía capacitado para reconocer los peligros dentro del espacio y con los medios para activar el Plan de Respuesta de
Emergencias. El vigía no deberá entrar al espacio confinado, a menos que otro vigía calificado tome su lugar y responsabilidades.
Antes de entrar al espacio confinado, se deberá evaluar el nivel de oxígeno y los vapores inflamables con el uso de un instrumento de prueba de gas calibrado adecuadamente.
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El contratista deberá tener disponible, en el punto donde se ejecuta el trabajo en el espacio confinado, líneas salvavidas y arneses, así como un equipo de suministro de oxígeno para uso inmediato.
3.16. Procedimientos de Bloqueo y Etiquetado
Para impedir el encendido accidental de un equipo en el que se esté trabajando, o que se libere cualquier tipo de energía almacenada se todo trabajo de mantenimiento de equipos deberá seguir el Procedimiento de Bloqueo y Etiquetado de STRI. Este procedimiento se deberá seguir para cualquier equipo eléctrico, neumático o hidráulico, o térmico conectado, cualquier válvula, maquinaria u otro dispositivo con peligro potencial de almacenar energía de cualquier tipo.
Antes de iniciar el trabajo, se deben aislar todas las fuentes de energía (bloquear/etiquetar) y deberá liberarse cualquier energía atrapada hasta llevar el equipo o el sistema a su estado mecánico cero.
Para garantizar la protección del trabajador, toda persona que trabaje en cualquier equipo deberá usar su propio candado, sin importar aquéllos colocados por el supervisor u operador del equipo.
Todo trabajo de bloqueo y etiquetado deberá explicarse en detalle en los planes de trabajo diarios y en los permisos de trabajo en efecto.
3.17. Excavaciones
Antes de iniciar cualquier trabajo de excavación, el contratista deberá informase sobre la localización de los servicios subterráneos. De ser necesario, se deberá utilizar un equipo detector de cables soterrados (CAT, siglas en inglés) para ayudar a localizar y marcar los servicios que se encuentren enterrados antes de comenzar el trabajo.
Si la excavación es en una zona donde se sabe que hay cables eléctricos, se deberá desconectar la energía a estos cables, bloquearla y etiquetar el interruptor. Los costados de toda excavación mayor de 1.2 metros de profundidad deberán ser contenidos con soportes anti-derrumbes, o los mismos deberán tener una pendiente en un ángulo seguro que no exceda 45 grados.
Todo material, desperdicio y/o equipo se deberá colocar a no menos de 1.2 metros de la excavación para reducir al mínimo la carga en los costados de la misma.
El contratista deberá inspeccionar toda excavación al menos una vez al día, después de cada lluvia y se deberá llevar un registro de dichas inspecciones. Todas las personas que lleven a cabo trabajos de excavación deberán estar capacitadas y supervisadas por una persona competente o calificada.
El movimiento de vehículos y de personal que no esté trabajando en la excavación deberá hacerse manteniendo una distancia razonable que garantice la seguridad de la excavación.
Se deberán colocar barreras para impedir que cualquier persona ajena al trabajo entre al área y así impedir caídas accidentales en la excavación. Todas las excavaciones deberán conservarse libres de agua, siempre que sea posible.
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Antes de iniciar una excavación que pueda afectar los cimientos de edificios adyacentes, el contratista deberá analizar el subsuelo y analizar todas las estructuras en la cercanía de la excavación, además deberán hacer la excavación de manera adecuada para asegurarse de que ésta no repercutirá negativamente en ninguna construcción, instalación o cimientos adyacentes.
Toda excavación que se deje sin supervisión, deberá quedar cubierta, asegurada e iluminada de manera adecuada para impedir que alguna persona caiga dentro de la excavación.
3.18. Trabajo en Alturas
El trabajo en alturas se define como cualquier trabajo que se realiza en un lugar superior a 1.8 metros (6 pies) sobre el nivel del suelo.
El contratista deberá asegurarse de que todo el personal involucrado en este trabajo tenga capacitación en la evaluación de los riesgos presentes y que cuenten con experiencia.
El personal que trabaje en alturas deberá protegerse por alguno de los métodos de prevención de caídas: barandas, redes, sistemas de restricción de movimiento o sistemas de protección personal contra caídas (arnés, línea salvavidas, anclaje)
Se deberá proporcionar protección de la orilla (barandas) u otros medios para prevenir la caída de personas o materiales cuando las plataformas estén a más de 1.8 metros del nivel del suelo.
El contratista deberá utilizar equipos adecuados, en buenas condiciones y que se inspeccione con regularidad.
Las reglas generales para el uso de Escaleras Portátiles son:
• Las escaleras sólo se pueden utilizar como medio de acceso, o para trabajo ligero de corta duración.
• Las escaleras deberán ser fuertes y sin daños. Cualquier escalera que no esté en buenas condiciones de uso deberá etiquetarse como “fuera de uso”, desecharse y/o destruirse.
• Las escaleras deberán asegurarse en el extremo de la parte superior, o situarse firmemente en el piso mediante algún dispositivo, o alguna persona sujetándola de la base.
• No se deberán dejar las escaleras en una posición no asegurada, ni usarse mientras haya vientos fuertes.
• Las escaleras deberán estar fabricadas conforme a las normas ANSI AI4.1-1982
(escaleras de madera) o ANSI AI4.2-1982 (escaleras de aluminio).
• No se permitirán escaleras hechas “en casa” a menos que sean certificadas por una persona competente.
• No se deben dejar las escaleras en una posición de uso, si éstas no están siendo utilizadas.
Las reglas generales para el uso de Andamios
• El levantamiento, uso y el desmantelamiento de andamios y de torres móviles deberá ejecutarse por personas calificadas y capacitadas en conformidad con las instrucciones del fabricante.
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• Una persona calificada del contratista deberá inspeccionar los andamios antes de cada uso y por los menos una vez por día y después de cada lluvia fuerte y deberá registrar las inspecciones.
• Se deberá colocar en el andamio una etiqueta indicando que se ha efectuado la inspección.
Esta etiqueta deberá indicar también la hora y la fecha de dicha inspección.
• Los andamios deberán ser capaces de soportar 4 veces la carga máxima anticipada.
• Deberán arriostrarse en puntos de acoplamiento cuando su altura exceda 4 veces su base menor y cada 20 pies por encima de su primer arriostre, si la base menor es menor de 3 pies, o a 26 pies, si la base menor es igual o mayor de 3 pies.
Las reglas generales para el uso de Andamios Móviles:
• Deberán ser erigidas asegurando la debida estabilidad y colocándole un peso muerto en la base, según sea necesario.
• Deberán usarse únicamente sobre una superficie nivelada y firme.
• Deberán moverse únicamente mediante la aplicación de fuerza en la base o cerca de ella y nunca deberán moverse desde arriba mientras se trabaja sobre ellas.
• Nunca deberán moverse con personas sobre ellas y deberán inmovilizarse- para impedir su libre desplazamiento.
3.19. Trabajo sobre Techos
Antes de ejecutar cualquier trabajo sobre techos, el contratista deberá identificar los materiales y el método de construcción del mismo.
En techos con pendiente, o cubiertos de material frágil, cualquier persona trabajando sobre ellos deberá usar escaleras de techo o tablas para desplazarse gateando. El personal no deberá pararse, ni caminar sobre un techo frágil.
Cualquier trabajo sobre techos a alturas mayores de 6 pies (1.8 m.) requerirá la instalación de barandales, o de sistemas de restricción de movimiento que no permita que el trabajador se caiga o sistemas de protección personal contra caídas con puntos de anclaje capaces de resistir 5000 lbs por persona, líneas salvavidas de no más de 6’ (1.8 m.) con amortiguador y con arneses que cumplan con la norma ANSI 359.1-4.
3.20. Servicios Existentes Subterráneos y Aéreos
Los servicios existentes pueden ser de teléfono, cables eléctricos, alarmas, cables de televisión o computadora, cables de fibras ópticas, seriales o de otros tipos, drenajes, tuberías, tubos de agua o gas.
Es preciso que antes de iniciar cualquier trabajo de excavación, se identifiquen todos los servicios subterráneos del área mediante banderillas o pintura del área donde se ejecutará el trabajo. El contratista deberá determinar la posición de estos servicios utilizando los planos del área, la posición de las alcantarillas, cajas de registro, localizadores de cables y cualquier información obtenida del supervisor de la instalación. Particularmente, se deberán proteger los cables eléctricos con corriente.
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Todas las excavaciones a un metro de distancia de un servicio subterráneo deberán excavarse a mano.
Si se afecta algún servicio subterráneo, se deberá informar DE INMEDIATO al supervisor de la instalación. Todo el trabajo en el área deberá suspenderse hasta que el supervisor de la instalación autorice continuar con las labores.
El contratista deberá asegurarse de evitar el contacto con todos los servicios aéreos, tales como cables eléctricos, cables de teléfono, toldos, postes de luz.
3.21. Grúas
Cuando se requiera el uso de grúas en el lugar de trabajo, el contratista deberá asegurarse que la grúa ha sido inspeccionada en aspectos de seguridad y que los resultados han sido documentados en un libro de registro. Además, el contratista deberá asegurarse que las mismas sean utilizadas únicamente por operadores adiestrados, con licencia de operación y que las personas encargadas del mantenimiento estén entrenadas para dichas tareas.
Durante el trabajo, el contratista deberá asegurarse que las operaciones de la grúa son dirigidas desde tierra por un director de izado. Cualquier trabajo de grúa deberá evaluarse y supervisarse correctamente como una actividad de alto riesgo.
El uso de grúas en el STRI deberá aprobarlo previamente el supervisor del sitio de trabajo y/o un
Oficial de Seguridad de STRI.
El contratista deberá asegurarse el ingreso y egreso seguros de la grúa hacia el sitio de trabajo. El contratista deberá evaluar todos los peligros subterráneos y elevados antes de llevar la grúa a la instalación. La grúa deberá posicionarse sobre una base firme y si la misma está equipada con pescantes (patas), éstos deberán desplegarse.
Cuando se operen grúas cerca de cables eléctricos aéreos, el contratista deberá asegurarse de mantener el espacio libre mínimo no menor de 5 m. requerido para este tipo de trabajos.
3.22. Trabajo Eléctrico
Todo trabajo eléctrico deberá realizarse en conformidad con todos los reglamentos que aplican y toda persona que realice dichos trabajos deberá ser competente y autorizado.
El contratista no permitirá que personas no calificadas realicen trabajos eléctricos. También deberá asegurar que todo el equipo y herramientas eléctricas llevadas al lugar de trabajo cumplan con los siguientes requisitos:
• Todo el equipo eléctrico que se utilice en un área peligrosa deberá ser clasificado y diseñado para este tipo de uso.
• El cableado eléctrico deberá ser de un calibre apropiado. Los cables o extensiones quemados, o maltratados, o emparchados no se deberán utilizar.
• Las herramientas, equipo portátil e instalaciones temporales deberán ser de 110 voltios, alimentados por medio de un generador o transformador y dichas conexiones deberán tener una conexión central a tierra.
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• Todas las instalaciones de 240 voltios, incluyendo las unidades de adaptaciones temporales deberán estar protegidas por un interruptor de corriente, o con una unidad de protección similar.
• Utilizar únicamente los puntos de corriente que el supervisor del sitio de trabajo destine.
• Toda iluminación y/o cableado eléctrico temporal deberá ser aéreo y al colocarlo se deben evitar pasar los cables por áreas peligrosas.
• Todo cableado temporal que no se pueda ubicar bien sobre el suelo (aéreo), deberá protegerse adecuadamente de daños, señalizándolo y equipándolo con interruptores de falla de tierra.
• Notificar INMEDIATAMENTE al supervisor de la instalación cualquier falla eléctrica, cortocircuito, incendio u otro daño a las instalaciones eléctricas o cables permanentes en el lugar de trabajo.
3.23. Orden y Limpieza
En todo momento, el contratista deberá mantener el lugar de trabajo en condiciones seguras y limpias con cuidado especial a las áreas de acceso del público general, así como las propiedades adyacentes.
Todas las áreas de trabajo deberán mantenerse libres de obstrucciones y equipos que no estén en uso. Los pasos peatonales y los accesos y salidas especiales de emergencia deberán mantenerse libres en todo momento.
Las instalaciones temporales del contratista en el lugar de trabajo deberán mantenerse limpias y no se deberá permitir la acumulación de basura.
No se deberá quemar, ni enterrar basura en el lugar de trabajo.
El desecho de desperdicios y de materiales combustibles deberá hacerse con regularidad.
Los derrames de aceite o de sustancias químicas deberán limpiarse de inmediato (usando protección personal adecuada) y deberá notificarse con la misma prontitud al supervisor de la instalación.
3.24. Descarte de Desechos y Desperdicios
El contratista deberá hacer arreglos para el descarte seguro de desechos, desperdicios y materiales excedentes del lugar de trabajo. El desecho de estos desperdicios deberá cumplir con todos los reglamentos ambientales y se deberá poner atención particular a cualquier tipo de desperdicio especial (ej.: desperdicios tóxicos, sustancias químicas etc.)
En las localidades en las que no existan compañías dedicadas al desecho de materiales contaminados, se deberán acordar con el STRI los métodos y alternativas a seguir para desechar los materiales contaminados apropiadamente.
3.25. Asbesto
El COTR informará al contratista sobre cualquier material involucrado durante la ejecución del trabajo que contenga asbesto. Los materiales de asbesto se deben mojar completamente antes de su manipulación y se deben desechar de manera adecuada después de su manejo. Se deberán usar
Página 21 de 32 trajes protectores y guantes desechables así como un respirador N95 o similar, cuando se maneje material que contenga asbesto.
Si durante el curso del trabajo el contratista encuentra inesperadamente algún material que contenga asbesto, o que se sospeche que contenga dicho material, el…
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