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FA5575-18-R-0006
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REALIZACION DEL OBJETO DEL TRABAJO

(ROT)

PARA

QUUG 18 1011

AUMENTAR SEGURIDAD

EDIFICIOS CRITICOS

INGENIERIA CIVIL 496 ABS/CEORM

(8 Agosto 2018)

DESCRIPCION DEL TRABAJO

TABLA DE CONTENIDOS

SECCION PAGINA

1. DESCRIPCION DEL SERVICIO 5-6

2. RESUMEN DEL SERVICIO 6

3. SERVICIOS SUMINISTRADO POR EL GOBIERNO 6

4. INFORMACION GENERAL 6/8

5. CONDICIONES GENERALES 9-42

6. APENDICES 43-84

7. PLANOS 01-05

1. DESCRIPCION DEL SERVICIO. El contratista proporcionará toda la administración, herramientas, suministros, equipos y mano de obra necesarios para instalar bolardos, nivelar los canales de drenajes pluviales y construir taludes de terreno natural y encachados de piedras de acuerdo con los planos adjuntos.

1.1. Descripción del Trabajo.

El trabajo consistirá en:

1.1.1. Suministro e instalación de bolardos según planos adjuntos, los bolardos serán pintados, imprimación y dos capas de acabado, color blanco y rojo a menos que se indique otra configuración.

1.1.2. Nivelar los canales de drenaje pluvial manteniendo las cotas de inicio y final existentes y construir un talud de terreno natural según planos adjuntos, los taludes serán sembrados para mantener la uniformidad con el terreno existente, la hierba será mantenida por el contratista durante 90 días.

1.1.3. Nivelar los canales de drenaje manteniendo las cotas de inicio y final existentes y construir encachado de piedras según planos adjuntos.

1.2. Nombres de marca.

Los nombres indicados para materiales tienen el único propósito de establecer una selección estándar. Los materiales de otros fabricantes son aceptables siempre que cumplan con todos los requisitos especificados. Los nombres indicados para la calidad del modelo, dan el estándar de calidad que se alcanzará. Los materiales de otros fabricantes son aceptables si son iguales a la calidad y función del modelo mencionado. Todo el material seleccionado está sujeto a la aprobación del Oficial de Contratación.

1.3. Requisitos Especiales.

El contratista realizara un levantamiento topográfico provisional de los canales de drenaje pluviales y encachados de piedra manteniendo las cotas iniciales y finales existentes, nivelando las superficies existentes para comprobar in situ las interferencias con las líneas de servicio e instalaciones existentes. El contratista presentara planos de taller para su aprobación. Una vez aprobado por el oficial de contratación este trazado el contratista será autorizado a nivelar y construir los taludes de terreno natural y encachados en su lugar definitivo.

1.4. Limpieza final.

Limpieza final de las instalaciones afectadas por este contrato.

1.5. Plazo de Ejecución.

El plazo de ejecución para este contrato es de doscientos diez (210) días de trabajo en el terreno. El contratista proporcionara su plazo de ejecución con su propuesta.

Las partidas mencionadas y la lista de tareas principales no limitan de ninguna manera la responsabilidad del contratista para realizar todo el trabajo requerido por el contrato para conseguir una instalación completa y operativa.

2. RESUMEN DE SERVICIOS.

Objetivo de Ejecución ROT Umbral de Rendimiento Actividades Párrafo 1.1 100%

3. SERVICIOS SUMINISTRADOS POR EL GOBIERNO.

3.1. Uso de los servicios de la Base: Los servicios de la Base están disponibles para el Contratista, sin ningún costo adicional para el Contratista. Los siguientes servicios estarán a su disposición en cantidades razonables:

a. Electricidad 120/208 voltios, 60 Hz.

b. Agua.

Todos los equipos, materiales y mano de obra necesarios para cumplir las partidas antes mencionadas serán suministrados por el contratista, como parte de este contrato.

4. INFORMACION GENERAL.

4.1. Requisitos De Seguridad. El contratista deberá solicitar el acceso a la Base través de 496

ABS/CE

4.2. Seguridad De Las Instalaciones. El contratista será responsable de salvaguardar todos los bienes del Gobierno entregados para uso del contratista. Al cierre de cada período de trabajo, las instalaciones del Gobierno, sus propiedades y los materiales deben ser asegurados.

4.3. Horario De Trabajo.

4.3.1. Horario de Trabajo. El contratista deberá realizar los servicios requeridos bajo este contrato en el siguiente horario: de Lunes a Viernes, 08:00 - 17:00. El contratista podrá trabajar, con la previa aprobación del oficial de contratación, en horario extendido para asegurar la terminación adecuada del trabajo sin costo adicional para el Gobierno.

4.3.2. Vacaciones aprobadas. El contratista no está obligado a proporcionar servicios en las fiestas oficiales españolas y las fiestas locales de Moron de la Frontera. Si el día festivo cae en sábado, se disfrutara el viernes. Si la fiesta cae en domingo, se disfrutara el lunes.

4.4. Conservación de los Servicios. El contratista instruirá a sus empleados en buenas prácticas de conservación de los servicios. El contratista será responsable de su utilización bajo condiciones que prevengan el derroche de los servicios las cuales incluirán las siguientes:

4.4.1. Las luminarias serán usadas solo en las áreas donde y cuando el trabajo se esté realizando.

4.4.2. Los equipos mecánicos que controlan los sistemas de calefacción, ventilación, y aire acondicionado no serán ajustados por el contratista a menos que sea autorizado.

4.4.3. Las fuentes de agua o válvulas serán cerradas después de que su uso haya finalizado.

4.4.4. Los teléfonos del gobierno serán usados solo para asuntos oficiales.

4.5. Registros. El contratista será responsable de la creación, mantenimiento y utilización de sólo aquellos registros requeridos por el gobierno que se citan específicamente en este ROT.

4.6. Controles Medioambientales:

4.6.1. Cumplimiento de las Leyes y Reglamentos. El contratista deberá tener conocimiento de y cumplir con todas las leyes Interestatales, federales, estatales, y locales, regulaciones y normas en materia de protección del medio ambiente. En el caso de las leyes ambientales/regulaciones cambian durante la vigencia del presente contrato, el contratista estará obligado a cumplirlas ya que tales leyes entren en vigor. Si hay un incremento o disminución en el costo como resultado del cambio, el contratista deberá informar al Oficial de Contrataciones de los nuevos requisitos y negociar una modificación del contrato.

4.6.2. Notificación de derrames ambientales. Si el contratista derrama o libera cualquier sustancia mencionada en 40 CFR 302 al medio ambiente, el contratista o su agente informara inmediatamente del incidente al Departamento de Bomberos de la Base en

117. La responsabilidad en el derrame o liberación de dichas sustancias es exclusivamente del contratista y su agente.

4.6.3. Almacenamiento y Uso de los Materiales. El contratista deberá seguir las instrucciones del fabricante y las recomendaciones profesionales para el control de la humedad, la temperatura, la limpieza y manipulación de materiales. Esto incluye materiales peligrosos.

4.7. Observaciones Del Gobierno: El personal del Gobierno, que no sean trabajadores del departamento de contratación (COs) y de garantía del control de calidad (QAP), pueden de vez en cuando, con la coordinación de CO, observar los trabajos del contratista. Sin embargo, este personal no pueden interferir con el desempeño del contratista o de realizar ningún cambio en el contrato.

4.8. Requisitos de Seguridad. En la realización de las actividades relacionadas con este contrato, el contratista deberá:

4.8.1. Cumplir con los requisitos de seguridad presentes en el contrato en todas las actividades relacionadas con la ejecución del trabajo.

4.8.2. Adoptará las medidas de seguridad adicionales inmediatamente como el Oficial de

Contratación pueda exigir por motivos de seguridad y de prevención de accidentes.

4.8.3. Desarrollar y proporcionar al inicio del período de inicial de orientación o al inicio del primer período de trabajo (si no hay un período de orientación) un plan de seguridad para la protección de las instalaciones y propiedades del Gobierno y obtener un ambiente de trabajo seguro para el personal del contratista.

4.8.4. Proporcionar protección a la propiedad del gobierno para evitar daños durante el período de tiempo que la propiedad está bajo el control o en posesión del contratista.

4.8.5. Incluir una cláusula en todos los subcontratos para requerir a los subcontratistas cumplir con las disposiciones de seguridad del presente contrato según sea el caso.

4.8.6. Registrar e informar con celeridad (dentro de una hora) al oficial de Contratación o el representante designado por el gobierno (GR), de todos los datos disponibles, correspondientes a cada tipo de daño a la propiedad del Gobierno o de cualquier tipo de lesión del personal del Contratista o del personal del Gobierno.

4.8.7. En el caso de un accidente/percance, tomar las medidas adecuadas y prudentes para establecer el control de la escena del accidente, evitar daños mayores a personas o bienes, y preservar las pruebas hasta que sea autorizado por la autoridad investigadora del accidente mediante el Oficial de Contratación.

4.8.8. Si el Gobierno opta por realizar una investigación del accidente/percance, el contratista deberá cooperar plenamente y ayudar al personal del Gobierno en la realización de la investigación hasta que se complete la misma.

4.8.9. Incluir una cláusula en cada subcontrato aplicable requiere la cooperación y la asistencia del subcontratista en los informes de investigación de accidentes.

4.9. Calificaciones Especiales. El contratista deberá presentar las certificaciones comerciales y referencias de trabajos similares a los existentes como medio para verificar experiencia en este campo de trabajo.

4.10. Continuación de Servicios Esenciales DOD del Contratista Durante Crisis de acuerdo con DoDI 3020.37. IAW AFI 63-124, para 2.7.1, y DODI 3020.37 este requisito no se considera esencial para la misión.

4.11. Restricciones del Contrato: De acuerdo con el Acuerdo de Defensa y Cooperación entre el Reino de España y los Estados Unidos de América, cualquier contrato resultante de esta notificación/solicitud sólo puede contraerse con empresas autorizadas para llevar a cabo estas actividades en España bajo la ley española. Las empresas deben cumplir con los requisitos establecidos por la legislación española para la ejecución de las obras del gobierno. Además, de acuerdo con las instrucciones de la Oficina de Defensa de la Política de Cooperación 400- 5 "(4) Materiales españoles, mano de obra, y equipos deben ser utilizado si está permitido por los requisitos de las especificaciones del contrato."

5. CONDICIONES GENERALES

5.1. GENERAL: El trabajo consiste en el suministro de toda la mano de obra, materiales, instalaciones, transporte, equipos y servicios para ejecutar el proyecto descrito anteriormente de acuerdo con los planos y especificaciones, completamente finalizado y en disposición de uso mediante un contrato de construcción a precio fijo. Las mediciones mostradas en los planos y especificaciones se dan únicamente como referencia. Es responsabilidad del Contratista verificar todas y cada una de las medidas.

5.2. DESCRIPCIÓN GENERAL: El trabajo consiste en, pero sin estar limitado a, ejecutar las partidas indicadas en el ámbito de trabajo. Todas las partidas indicadas en el ámbito del trabajo no limitan ni reducen la responsabilidad del Contratista para realizar todo el trabajo que sea requerido por el proyecto para entregar una instalación completamente terminada y operativa.

5.3. LOCALIZACIÓN: La obra se ubica en la Base Aérea de Morón, España, como se muestra en los planos de contrato.

5.4. PLANOS QUE ACOMPAÑAN A LAS ESPECIFICACIONES: Los planos que acompañan a las especificaciones forman parte integrante de las mismas. Los planos son propiedad del Gobierno y se utilizarán para otros fines que no sean los contemplados por las especificaciones.

Los planos indicados en las especificaciones son de tamaño A1.

5.5. GARANTÍA: Para este contrato el Contratista aportará una garantía comercial estándar de dos años para todas las partidas del ámbito de trabajo, incluyendo los materiales y la ejecución. La garantía cubrirá todos los defectos detectados y notificados al Contratista en el año a partir de la fecha de recepción de la obra. El Contratista reparará o reemplazará los materiales defectuosos a su costa en un período de tiempo razonable y como sea aprobado por el Oficial de Contratación. El Contratista cumplirá con los períodos adicionales de garantía establecidos por los códigos y normativas españolas. El Contratista presentará la carta de garantía en los 15 días naturales siguientes a la fecha de aceptación de la obra por el Oficial de Contratación.

5.6. ACCESO A LA BASE:

5.6.1. Permisos o Autorizaciones: El Contratista obtendrá todos los permisos o autorizaciones requeridos para acceder a la Base Aérea de Morón. Una vez que las obras hayan finalizado, el Contratista devolverá los permisos o autorizaciones. El Contratista es responsable de proporcionar los escoltas requeridos para ejecutar las obras.

5.6.2. Retrasos e Interrupciones: Se advierte al Contratista que es probable que haya retrasos, por razones de seguridad, durante el proceso de entrada y salida del personal y materiales de la Base Aérea de Morón. Además, el Contratista interrumpirá inmediatamente el trabajo cuando sea requerido si se produjeran situaciones de alerta/peligro por seguridad.

5.7. SOLICITUD DE PERMISO DE OBRAS: En los 5 días naturales a partir de la fecha de notificación del inicio de las obras (NTP), el Contratista solicitará el impreso "AF Form 103, Work Clearance Request" a Inspección de Obras para obtener toda la información referente al estado actual de los servicios de la Base. Las solicitudes adicionales serán presentadas a Inspección de

Obras con 15 días naturales de antelación, como mínimo. El Contratista no realizará ningún trabajo en ninguna circunstancia sin poseer el permiso de obras aprobado en el emplazamiento de la obra (copia en papel) y no sin antes haber marcado in-situ con estacas y/o piquetas la ubicación de las instalaciones. La solicitud del permiso de obras sólo se procesará cuando todos los materiales y la documentación necesarios para comenzar la obra hayan sido presentados y aprobados. El Contratista será responsable de cualquier daño causado a los servicios de la Base indicados en "AF Form 103" y planos del proyecto y será responsable de las reparaciones sin costo adicional para el Gobierno.

5.8. SERVICIOS DE LA BASE:

5.8.1. El Gobierno hará todo lo razonable para que los consumos de los servicios de la Base requeridos por el Contratista estén disponibles para él desde las tomas de corriente y suministros existentes, como se especifica en el contrato, sin cargo. El Contratista conservará cuidadosamente todos los servicios disponibles para él sin malgastar su consumo.

5.8.2. El Contratista, a su cargo y de manera profesional satisfactoria para el Oficial de

Contratación, instalará y mantendrá todas las conexiones temporales necesarias y las líneas de distribución. Antes de la recepción final de la obra por el Gobierno, el Contratista retirará todas las conexiones temporales, líneas de distribución y accesorios asociados.

5.8.3. Uso de los Servicios de la Base: Los servicios de agua, saneamiento y electricidad de la Base estarán a disposición del Contratista cuando sea posible y sus consumos sean razonables para el suministro a los siguientes edificios: oficinas, aseos, áreas de descanso y laboratorios. El Contratista proporcionará todos los materiales y mano de obra para conectar los servicios de la Base a dichos edificios sin coste para el Gobierno.

Otros servicios, aparte de los listados a continuación, serán suministrados por el Contratista sin costo alguno para el Gobierno.

Los siguientes servicios estarán disponibles desde los servicios de la Base:

1. Electricidad: 120/208 Voltios, 60 Hz.

2. Agua no potable.

5.8.4. Desconexión y conexión de servicios de la Base: En los 15 días naturales a partir de la fecha de notificación de inicio de las obras (NTP), el Contratista solicitará la desconexión y conexión e indicará:

1. Tipo de servicio afectado

2. Tipo de conexión y/o desconexión a efectuar

3. Uso del suministro

4. Consumo requerido

5. Duración máxima

El Contratista será responsable de efectuar las conexiones y/o desconexiones, conversión, transporte de los servicios de la Base al emplazamiento de la obra y del Contratista, incluida la provisión e instalación de materiales, dispositvos y mecanismos que impidan el retroceso del flujo de agua al servicio de la Base (válvulas antirretorno) y el suministro e instalación de los transformadores, si fueran necesarios.

El Contratista presentará solicitudes adicionales con un mínimo de 15 días naturales antes de la fecha estimada para la requerida conexión y/o desconexión del correspondiente servicio.

5.8.5. Cortes de Servicios de la Base: Cuando un corte de servicios sea necesario, el Contratista solicitará el corte de los servicios, al menos con 15 días naturales de antelación al trabajo, e indicará:

1. Tipo de servicio afectado

2. Tipo de corte a efectuar

3. Duración máxima

El Contratista será responsable de efectuar el corte, incluido la provisión e instalación de materiales, dispositivos y mecanismos.

5.8.6. Conexiones temporales a los servicios de la Base: Se prohíben las conexiones aéreas temporales a los servicios de la Base.

5.8.7. Restauración de los servicios de la Base: Todos los servicios de la Base serán restaurados a sus estados originales antes de efectuar el pago final del contrato.

5.8.8. Operaciones de los dispositivos de control de los servicios de la Base: El Contratista no accionará, operará ni alterará ningún dispositivo de control de los servicios de la Base, incluyendo agua, saneamientos, electricidad y comunicaciones.

El Gobierno activará, operará y alterará dichos dispositivos de control.

Si un dispositivo de control de un servicio de la Base ha de ser activado, operado o alterado, el Contratista presentará una solicitud con un mínimo de 15 días naturales antes de la fecha estimada para la requerida maniobra del correspondiente dispositivo de control del servicio.

5.8.9. Horario estándar de conexión, desconexión y corte de los servicios de la Base:

Todos los trabajos de conexión, desconexión y/o corte de los servicios de la Base serán programados entre las 08:00 y las 17:00 horas (entre las 08:00 y 16:00 h durante el período del 15 de junio al 15 de septiembre) de lunes a viernes, excepto festivos.

5.9. TRABAJOS DE SOLDADURA: El Contratista presentará para su aprobación una solicitud por escrito a Inspección de Obras con 15 días naturales de antelación para cualquier trabajo de soldadura, como la soldadura autógena o corte con chorro de plasma. Dicha solicitud indicará los procedimientos de soldadura y las medidas de prevención de incendios. Todos los trabajos de soldadura realizados durante la ejecución del proyecto sólo se llevarán a cabo por soldadores cualificados solamente. Las copias de los certificados de los soldadores, emitidos por una agencia aprobada, se mantendrán en los archivos del inspector de construcción.

5.10. TRÁFICO DE VEHÍCULOS, MAQUINARIA Y EQUIPOS:

5.10.1. Plan de Control de Tránsito: Los trabajos que requieran la alteración al tráfico de vehículos o de personas en la Base requerirán un plan aprobado de control de tránsito. Dicho plan ha de ser aprobado al menos 10 días naturales antes de que dicha alteración se produzca. Dicho plan incluirá:

1. Fecha de inicio de la alteración del tráfico

2. Duración de la alteración del tráfico

3. Rutas alternativas propuestas

4. Señales, barreras, conos, banderas y/o persona que señaliza (señalero) a implementar

El Contratista establecerá procedimientos alternativos si ocurrieran circunstancias imprevistas. La responsabilidad de suministrar, erigir, mantener y retirar todas las señales, barreras, conos, banderas será exclusivamente del Contratista. Una vez finalizadas las obras, el Contratista retirará los elementos de señalización, como las señales, barreras, conos y/o banderas.

5.10.2. Plan de Rutas de Acceso: 10 días naturales a partir de la fecha de notificación de inicio de las obras (NTP), el Contratista presentará un plan de rutas de acceso a Inspección de Obras para su aprobación por el Oficial de Contratación o representante autorizado.

5.10.3. Camiones: Los camiones cargados con materiales sueltos (polvo volátil, escombros u objetos que pudiesen caer de los mismos) irán debidamente cubiertos. Dichas cubiertas (lonas, etc) estarán sujetas de forma segura y se colocarán sobre la carga antes de acceder a las calles de la Base.

5.11. PROGRAMA DE AVANCE DE OBRA (AF Form 3064): (Véase solicitación/Contract FAR clause 52.236-15, Schedules for Construction Contracts, Apr 1984). En los 10 días naturales a partir de la fecha de notificación de inicio de las obras u en otro período de tiempo determinado por el Oficial de Contratación, el Contratista desarrollará y presentará un programa viable de avance de obra a Inspección de Obras para su aprobación por el Oficial de Contratación o representante autorizado. El plan mostrará:

1. Secuencia de actividades que el Contratista propone para ejecutar el trabajo

2. Fechas propuestas por el Contratista para el inicio y finalización de los trabajos más significativos (incluyendo la adquisición de materiales, plantas y equipos)

El programa de avance de la obra será entregado en formato de gráfico de línea a una adecuada escala indicando el porcentaje del trabajo programado cada 15 días naturales para su ejecución durante el periodo de ejecución. Los trabajos programados corresponderán a las partidas del coste estimado del contrato. Si el Contratista no presentara el programa de avance de la obra en el período establecido, el Oficial de Contratación podrá retener la autorización del pago de las certificaciones hasta que el Contratista entregue el programa de avance requerido.

5.12. PLAN DE MOVILIZACIÓN: El Contratista presentará un plan de movilización a Inspección de Obras para su aprobación por el Oficial de Contratación o representante autorizado.

Dicho plan mostrará:

1. Ubicación y superficie de la zona de la obra

2. Ubicación y superficie de las oficinas

3. Ubicación y superficie de la zona de aparcamiento

4. Ubicación y superficie de las áreas de almacenamiento de materiales

El Contratista presentará el plan en los 15 días naturales a partir de la fecha de notificación de inicio de las obras (NTP). El Contratista incluirá en el plan de movilización el sistema propuesto para suministrar los servicios requeridos a cada emplazamiento.

5.12.1. Vallado de la Zona en Obra: La zona en obra, oficinas, área de aparcamiento, aseos y área de almacenamiento de materiales estarán vallados por una valla de dos metros de altura con puertas y cerraduras, salvo que el Gobierno lo apruebe de diferente forma. El Oficial de Contratación o representante autorizado especificará el tipo de valla, altura y color. Las vallas estarán apantalladas con una malla verde opaca para impedir la visión del interior del vallado desde el exterior. El vallado estará completamente fijado en su parte superior e inferior para evitar el acceso al área vallada. La valla y la malla estarán adecuadamente ancladas para evitar que su caída durante rachas fuertes de viento. El Contratista incluirá en el Plan de Movilización:

1. Fotografías, catálogos o muestras de la valla a utilizar

2. Fotografías, catálogos o muestras de la malla a utilizar

El Contratista no comenzará la instalación de la valla y malla hasta que el plan haya sido aprobado por escrito por el Oficial de Contratación o representante autorizado. La responsabilidad de suministrar, erigir, mantener y retirar todas las vallas y mallas será exclusivamente del Contratista.

El Contratista reemplazará o reparará, en las siguientes 24 horas o según determine el Oficial de Contratación o representante autorizado, todas las secciones de valla y malla que hayan sido dañadas o se hayan deteriorado. Una vez finalizadas las obras, el Contratista retirará las vallas y mallas.

5.12.2. Oficinas: Los edificios temporales prefabricados requeridos por razones administrativas (espacio de oficina, sala de reuniones y sala de descanso) estarán en buenas condiciones. Los edificios temporales prefabricados que requieran pintura, reparaciones o estén en malas condiciones no serán permitidos en el emplazamiento. Dichos edificios temporales prefabricados mostrarán en el exterior una placa de 0,5 x 0,5 metros de dimensión máxima, que indique el nombre de la empresa y el nombre y número(s) de teléfono de la(s) persona(s) designadas como punto de contacto del Contratista. Una vez finalizados los trabajos, el Contratista retirará los edificios temporales prefabricados.

5.12.3. Aseos: Los edificios temporales prefabricados requeridos para aseos del personal estarán en buenas condiciones. Los edificios temporales prefabricados que requieran pintura, reparaciones o estén en malas condiciones no estarán permitidos en el emplazamiento. Estos edificios se mantendrán en perfectas condiciones de uso e higiénicas, estarán tratadas contra insectos y se vaciarán y limpiarán con un detergente de uso sanitario una vez por semana. La frecuencia de vaciado y limpieza se ajustará según sea necesario. Los edificios temporales prefabricados se ubicarán a no menos de 50 metros de los edificios existentes de la Base si no pudieran ser ubicados junto a una arqueta de saneamiento. Una vez finalizadas las obras, el Contratista retirará dichos edificios temporales prefabricados y dejará la zona limpia e higienizada.

5.12.4. Aparcamientos: El Contratista, sus empleados y subcontratistas, aparcarán todos los vehículos, incluyendo maquinaria pesada, equipos y vehículos, en zonas donde no supongan una obstrucción en la zona de obra correspondiente. Se realizarán todos los esfuerzos posibles para que los vehículos no sean aparcados en zonas donde sean claramente visibles desde el exterior.

5.12.5. Almacenamiento de Materiales: Los contenedores de almacenamiento de material estarán en buenas condiciones. El almacenamiento de materiales, en contenedores o no, en el emplazamiento de la obra será por cuenta y riesgo del Contratista. El uso de guardas privados de seguridad en el emplazamiento requerirá la aprobación previa de la Policía Militar del Ejército del Aire español. El Contratista no utilizará ningún emplazamiento para almacenar material. Una vez finalizadas las obras, el Contratista retirará el material almacenado sobrante.

5.13. CARTEL INFORMATIVO DEL PROYECTO: No se usa.

5.14. PLAN DE CONTROL DE CALIDAD: En los 15 días naturales a partir de la fecha de notificación de inicio de las obras y tras la aprobación del Programa de Obras, el Contratista presentará a Inspección de Obras para su aprobación por el Oficial de Contratación o representante autorizado un completo Plan de Control de Calidad en inglés y español, que podrá ser consultado por los trabajadores en las oficinas del Contratista en la obra. El plan contendrá como mínimo lo siguiente:

1. Nombres y titulaciones del jefe de control de calidad e inspectores propuestos.

2. Organigrama. Incluir los socios colaboradores/subcontratistas principales, si fueran requeridos, para los trabajos requeridos. Los socios colaboradores/subcontratistas indicados serán aquellos que activamente participarán en el proyecto y serán los mismos que los presentados en la licitación del contrato. La falta de esta información o variación con los socios colaboradores/subcontratistas principales presentados con anterioridad será motivo para la desaprobación del Plan de Control de Calidad (QC). En este caso, el Contratista ha de presentar uno nuevo antes de que los trabajos comiencen.

3. Responsabilidad de los Inspectores de Control de Calidad, Jefe de Control de Calidad y Jefe de Obra.

4. Tipo de inspecciones a realizar. El Contratista desarrollará completamente un Programa de Puntos de Inspecciones que cubra todos los tipos de trabajos involucrados en el proyecto. El desarrollo del Programa de Puntos de Inspecciones estará basado en todos y cada uno de los documentos siguientes:

a. Planos del proyecto y especificaciones.

b. Regulaciones, códigos de industria y estándares aplicables.

c. Regulaciones específicas para ciertos productos, instalaciones o infraestructuras.

d. Recomendaciones del fabricante.

El tipo y número de Puntos de Inspecciones serán los requeridos para obtener un aceptable nivel de inspección para conseguir los mejores resultados de calidad. El Oficial de Contratación o representante autorizado evaluará si el tipo y número Puntos de Inspecciones son suficientes para obtener el nivel de calidad aceptable.

5. Procedimientos de inspección y medidas a tomar en caso de inspecciones fallidas o insatisfactorias.

6. Formulario de Informes de Inspección: Presentar todos los formularios de informes para cada tipo de inspección a realizar en este proyecto. Como mínimo, un formulario específico será desarrollado por cada sección de las especificaciones, cubriendo todos los puntos de inspección necesarios para dicho trabajo. La información mínima requerida para cada Punto de Inspección será:

a. La descripción del Punto de Inspección

b. Documentos aplicables

c. Tipo y frecuencia de la inspección

d. Lote aplicado para la inspección

e. Responsable de la inspección realizada

f. Resultado de la inspección

g. Fecha de la inspección

h. Referencia del documento/registro de incumplimiento, si no lo cumpliera

i. Información sobre el criterio de cumplimiento/ incumplimiento para los Puntos de Inspecciones,

j. Otros

7. Lista de "Puntos de Inspecciones Pendientes" programados con las fechas estimadas del programa de construcción

8. El formulario "Resumen Muestras de Material" del proyecto con la columna titulada "Fecha de Entrega" cumplimentada por el Contratista con las fechas estimadas por el Contratista para la presentación del ítem correspondiente.

Dichas fechas estimadas estarán basadas en los plazos para la entrega y revisión de las presentaciones y "re-presentaciones", los plazos para los compras, adquisiciones y recepciones en obra de los ítems , el Programa de Obras aprobado del Contratista y la fecha de finalización del contrato (ver cláusula 30, Presentaciones de Materiales, Equipos y Planes). Si el Programa de Obras se modificara, el Contratista actualizará el formulario "Resumen Muestras de Material"

9. Solicitud de Información (RFI). Presentar el formulario de Solicitud de Información y el formulario de registro de RFI (RFI Log Form) a utilizar. Esto será utilizado para presentar y registrar cualquier "RFI" durante la construcción.

10. Ensayos de Materiales: Facilitar el nombre y cualificación del laboratorio o agencia de ensayos de materiales que se planee utilizar para los ensayos. Todos los informes de los ensayos serán presentados a tiempo para su revisión y aprobación. La actividad de trabajo relacionado con estos ensayos sólo podrá continuarse cuando el informe de ensayos haya sido aprobado. Si algún ensayo fallase, no se ejecutarán las actividades de trabajo siguientes hasta que dicho fallo haya sido corregido. El Jefe de Control de Calidad del Contratista será responsable de comprobar que todos los informes sean revisados por él y de adoptar las acciones necesarias para resolver cualquier ensayo fallido.

11. Realizar informes diarios de todas las actividades realizadas durante la vigencia del contrato. Estos informes diarios se mantendrán en el emplazamiento de la obra y estarán disponibles para su revisión en todo momento. Semanalmente se presentará una copia de los informes diarios realizados de lunes a viernes (o domingo si el Contratista trabaja durante el fin de semana) a Inspección de Obras.

En el informe diario se incluirá, al menos, lo siguiente:

a. Fecha de la inspección

b. Condiciones climatológicas

c. Inspección de los equipos, materiales entregados en el emplazamiento de la obra y sus fechas de entrega

d. Nombre de las personas que hayan visitado el emplazamiento de la obra y fecha de la visita

e. Inspección de las deficiencias encontradas durante el día y acciones correctivas adoptadas

f. Inspección y aceptación de los materiales y mano de obra

g. Trabajo realizado durante el día, incluyendo el personal y equipo utilizado.

h. Cualquier cambio o modificación aprobado por el Oficial de Contratación.

5.14.1. Nombre de los archivos electrónicos de los informes diarios. Cada Informe Diario deberá ser llamado como se indica en este párrafo, de no realizarse así, el informe diario será rechazado y el Contratista ha de volver a presentarlo. Los nombres de los archivos de las Informes Diarios tendrán el formato siguiente: XX-X-XXXX, YY-YYYY, Daily Report, from ZZZZ WW VV to SSSS UU TT, donde:

1. XX-X-XXXX representa los siete últimos dígitos del contrato, después de retirar los primeros dígitos “FA5575-".

2. YY- YYYY representa el número del proyecto

3. ZZZZ representa el año en el que se hace la inspección del lunes

4. WW representa el mes en el que se hace la inspección del lunes

5. VV representa el día en el que se hace la inspección del lunes

6. SSSS representa el año en el que se hace la inspección del último día del período semanal (viernes o domingo)

7. UU representa el mes en el que se hace la inspección del último día del período semanal (viernes o domingo)

8. TT representa el día en el que se hace la inspección del último día del período semanal (viernes o domingo)

5.14.2. Aceptación del Plan de Control de Calidad de Construcción: Se requiere la aceptación del Plan de Control de Calidad antes del comienzo de la obra. El Oficial de Contratación se reserva el derecho de requerir cambios en el plan de control de calidad, operaciones y personal clave, incluyendo la destitución del personal, para asegurar la calidad de trabajo especificada.

5.14.3. El Contratista será responsable de mantener los registros.

5.15. INSPECCIONES PRE-FINAL Y FINAL: Las inspecciones pre-final y final serán llevadas a cabo conjuntamente por el Contratista, el inspector del Gobierno y un representante de la Oficina de Contratación. El Contratista solicitará una inspección pre-final una vez que se hayan finalizado todos los trabajos a juicio del inspector. Tras la resolución de las discrepancias halladas durante la inspección pre-final, si las hubiera, el Contratista solicitará una inspección final. Todos los ítems de la lista de discrepancias han de haber sido completamente arreglados antes de la recepción final de los trabajos del proyecto. El Contratista solicitará a Inspección de Obras la inspección pre-final o final con al menos 15 días naturales de antelación a la fecha deseada.

5.16. JORNADA LABORAL:

5.16.1. Horario Normal de Trabajo: El Contratista realizará todo el trabajo durante el horario normal de trabajo salvo que el Oficial de Contratación o representante autorizado emita una autorización especial para desviarse de dicho horario de trabajo. El horario normal de trabajo será de 08:00 a 17:00 de lunes a viernes, excepto días festivos.

5.16.2. Horario Especial de Trabajo: Si el Contratista desease trabajar fuera del horario normal de trabajo, en sábados, domingos o festivos, presentará una petición al Oficial de Contratación con 10 días naturales de antelación, como mínimo.

5.17. CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES EXISTENTES:

Antes del inicio de cualquier actividad de trabajo, el Contratista realizará una inspección de las instalaciones existentes en el emplazamiento de la obra, o adjuntas al mismo, así como de los pavimentos propuestos por el Contratista en el Plan de Control de Tránsito y en el Plan de Rutas de Acceso. El Contratista presentará un informe por escrito, adjuntando fotografías, a Inspección de Obras de todos los defectos hallados durante dicha inspección. El Contratista reparará, sin cargo adicional para el Gobierno y antes de la recepción final de los trabajos del proyecto, todos los defectos de las instalaciones y/o pavimentos existentes que no se hayan incluido en el informe o se hayan deteriorado aún más por negligencia del Contratista o por el uso de las instalaciones y/o pavimentos por parte del Contratista.

El Contratista conservará y protegerá todas las instalaciones existentes en el emplazamiento de la obra, o adjuntas al mismo, que no vayan a ser retiradas o que no tengan que ser afectadas por los trabajos requeridos por este contrato. El Contratista restaurará, sin coste para el Gobierno, a su estado original la instalación afectada durante la ejecución de los trabajos antes de la recepción final de los trabajos del proyecto.

5.18. PLAN DE PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL: En los 15 días naturales a partir de la fecha de notificación de inicio de las obras (NTP), el Contratista presentará a Inspección de Obras para su aprobación por el Oficial de Contratación o representante autorizado un Plan de Protección Medioambiental, en versiones inglesa y española, que podrá ser consultado por los trabajadores en las oficinas del Contratista en la obra. El programa cumplirá las siguientes normativas española e incluirá, sin estar limitado a, lo siguiente.

5.18.1. Actividades Clasificadas:

1. Decreto 2414/1961, reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas (RAMINP). BOE de 07/12/1961

2. Orden del Ministerio de Gobernación de 15/03/1963, se aprueba una instrucción por la que se dictan normas complementarias para la aplicación del reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas. BOE N°. 79 de 02/04/1963

3. Decreto 297/1995, reglamento de calificación ambiental. BOJA n°. 3 de 11/01/1996

5.18.2. Aguas:

1. Real Decreto 60/2011, normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas. BOE N°. 19 de 22/01/2011

2. Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. BOE n°. 103 de 30/04/1986

3. Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. BOE n°. 176 de 24/07/2001

4. Orden del Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino (ARM)/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua del dominio público hidráulico, de los retornos al citado dominio público hidráulico y de los vertidos al mismo. BOE n°. 128 de 27/05/2009

5. Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los Títulos preliminar, I, IV, V, VI y VIII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas. BOE n.° 135 de 6/6/2003

6. Orden de 18 de agosto de 2008, por la que se aprueban los modelos de la Agencia Andaluza del Agua de solicitudes de deslinde en cauces públicos, constitución, modificación y separación de comunidades de usuarios de aguas públicas, comunicación de aprovechamientos iguales o inferiores a 7.000 m³, investigación de aguas subterráneas, autorizaciones para las actuaciones a realizar en el dominio público hidráulico y la zona de policía de cauces, y de concesiones, y se establece su presentación telemática o en soporte papel. BOJA n.° 180 de 10/9/2008

5.18.3. Atmósfera:

1. Reglamento (CE) n°. 1497/2007 de la Comisión, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (CE) no 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, requisitos de control de fugas estándar para los sistemas fijos de protección contra incendios que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero. Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) Nº. 333 de 19/12/2007

2. Reglamento (CE) n°. 304/2008 de la Comisión, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, los requisitos mínimos y las condiciones del reconocimiento mutuo de la certificación de las empresas y el personal en lo relativo a los sistemas fijos de protección contra incendios y los extintores que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero. DOUE Nº. 92 de 03/04/2008

3. Reglamento (UE) n°. 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se deroga el reglamento (CE) n°. 842/06. DOUE Nº.150 de 20/05/2014

4. Real Decreto 833/1975, que desarrolla la Ley 38/1972 de protección del ambiente atmosférico. BOE Nº. 96 de 22/04/1975

5. Decreto 3025/1974, limitación de la contaminación atmosférica producida por vehículos automóviles. BOE Nº. 0 de 07/11/1974

6. Decreto 74/1996, por el que se aprueba el reglamento de calidad del aire.

BOJA Nº. 30 de 07/03/1996

7. Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales. BOJA n°. 144 de 15/12/2001

8. Orden de 21 de mayo de 2009, por la que se establecen limitaciones de usos y actividades en terrenos forestales y zonas de influencia forestal. BOJA n.° 102 de 29/05/2009

5.18.4. Energía:

1. Ley 25/1964, reguladora de la energía nuclear. BOE Nº. 107 de 04/05/1964

2. Real Decreto 1427/1997, aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 03 "instalaciones petrolíferas para uso propio". BOE Nº. 254 de 23/10/1997

3. Real Decreto 1836/1999, reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas. BOE Nº. 313 de 31/12/1999

4. Real Decreto 1523/1999, instalaciones petrolíferas. Modificación del reglamento aprobado por RD 2085/1994 de 20 de octubre y las ITC MI - IP03 y MI-IP04. BOE de 22/10/1999

5. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. BOE n.° 224 de 18/9/2002

5.18.5. Evaluación del Impacto Ambiental:

1. Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación).DOUE de 17/12/2010

2. Ley 7/2007, de gestión integrada de la calidad ambiental.BOE Nº 190 de 09/08/2007

3. Decreto 356/2010, se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental. BOJA Nº 157 de 11/08/2010

5.18.6. General:

1. Ley 21/1992, de Industria. BOE Nº 176 de 23/07/1992

2. Ley 26/2007, de responsabilidad ambiental. BOE Nº 255 de 24/10/2007

3. Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. BOE N° 299 de 14/12/2007

4. Real Decreto 2090/2008, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de responsabilidad medioambiental.BOE Nº 308 de 23/12/2008

5. Ley 11/2014, por la que se modifica la ley 26/2007, de 23 de octubre, de responsabilidad medioambiental.BOE Nº 162 de 04/07/2014

6. Ley 32/2014, modificación de la ley 21/1992. BOE Nº 309 de 23/12/2014

5.18.7. Instalaciones (Técnico-legal):

1. Real Decreto 919/2006, se aprueba el reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11. BOE Nº 211 de 04/09/2006

2. Real Decreto 1416/2006, aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 06 "Procedimiento para dejar fuera deservicio los tanques de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos". BOE Nº 1416 de 25/12/2006

3. Real Decreto 1027/2007, por el que se aprueba el reglamento de instalaciones térmicas en los edificios.BOE Nº 207 de 29/08/2007

4. Real Decreto 1826/2009, modifica RD 1027/2007 de instalaciones térmicas (RITE). BOE Nº 298 de 11/12/2009

5. Real Decreto 1388/2011, se dictan las disposiciones de aplicación de la directiva 2010/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de junio de 2010 sobre equipos a presión transportables y por la que se derogan las directivas 76/767/CEE, 84/526/CEE, 84/526/CEE, 84/527/CEE y 1999/36/CE.BOE Nº 249 de 15/10/2011

5.18.8. Medio Natural y Paisaje:

1. Real Decreto 1311/2012, uso sostenible de los productos fitosanitarios.

BOE Nº 223 de 15/09/2012

2. Decreto 208/1997, por el que se aprueba el reglamento forestal de Andalucía. BOJA N° 117 de 7 de octubre de 1997.

3. Decreto 155/1998, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. BOJA N° 87 de 3 de agosto.

5.18.9. Mercancías Peligrosas:

1. Instrumento de adhesión al acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR). BOE Nº 163 de 9/07/1973

2. Enmiendas propuestas por Portugal a los Anexos A y B del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" del 9 al 17 de julio de 1973, números del 163 al 170), hecho en Ginebra el 30 de septiembre de 1957.

5.18.10. Residuos:

1. Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas. DOUE Nº 312 de 22/11/2008

2. Real Decreto 833/1988, reglamento para la ejecución de la ley 20/1986 básica de residuos tóxicos y peligrosos. BOE Nº 182 de 30/07/1988

3. Real Decreto 952/1997, modifica el reglamento para la ejecución de la ley 20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos. BOE Nº 160 de 05/07/1997

4. Ley 11/1997, de envases y residuos de envases. BOE Nº 99 de 25/04/1997

5. Real Decreto 782/1998, reglamento para la ejecución de la ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases. BOE Nº 104 de 01/05/1998

6. Real Decreto 1481/2001, eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. BOE Nº 25 de 29/01/2002

7. Orden del Ministerio de Medio Ambiente MAM/304/2002, operaciones de valorización y eliminación de residuos y lista europea de residuos. BOE Nº 43 de 19/02/2002

8. Real Decreto 105/2008, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. BOE Nº 38 de 13/02/2008

9. Real Decreto 106/2008, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos. BOE Nº 37 de 12/02/2008

10. Ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados. BOE Nº 181 de 29/07/2011

11. Real Decreto 180/2015, se regula traslado de residuos en el interior del territorio del Estado. BOE Nº 83 de 07/04/2015

12. Real Decreto 1254/1999, se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

BOE Nº 172 de 20/07/1999

13. Orden 12/07/2002, por la que se regulan los documentos de control y seguimiento a emplear en la recogida de residuos peligrosos en pequeñas cantidades. BOJA Nº 97 de 20/08/2002

14. Decreto 73/2012, se aprueba el reglamento de residuos de Andalucía.

BOJA Nº 81 de 26/04/2012

15. Real Decreto 679/2006, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados. BOE n°. 132 de 3/6/2006

16. Decreto 104/2000, por el que se regulan las autorizaciones administrativas de las actividades de valorización y eliminación de residuos y la gestión de residuos plásticos agrícolas. BOJA N° 47 de 22 de abril de 2000

17. Orden de 12 de julio de 2002, por la que se regulan los documentos de control y seguimiento a emplear en la recogida de residuos peligrosos en pequeñas cantidades. BOJA N° 97 de 20 de agosto de 2002

5.18.11. Ruido y Vibraciones:

1. Ley 37/2003, ley del ruido. BOE Nº 276 de 18/11/2003

2. Real Decreto 1367/2007, por el que se desarrolla la ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. BOE Nº 254 de 23/10/2007

3. Orden 26/07/2005, modelo tipo de ordenanza municipal de protección contra la contaminación acústica. BOJA Nº 158 de 26/07/2005

4. Decreto 6/2012, reglamento de protección contra la contaminación acústica en Andalucía. BOJA Nº 24 de 06/02/2012

5. Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre. BOE n°. 52 de 1/03/2002

6. Real Decreto 524/2006, de 28 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre. BOE n.° 106 de 4/5/2006

7. Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. BOE n.° 246 de 11/10/2008

5.18.12. Substancias Peligrosas:

1. Real Decreto 379/2001, reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus ITC MIE APQ 1, 2, 3, 4, 5,6 y 7.BOE Nº 112 de 10/05/2001

5.18.13. Suelo y Subsuelo:

1. Decreto 2857/1978, reglamento general para el régimen de la minería.

BOE Nº 45 de 11/12/1978

2. Real Decreto 9/2005, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. BOE Nº 15 de 18/01/2005

3. Ley 22/1973, de minas. BOE Nº 176 de 24/07/1973

5.18.14. Varios:

1. Real Decreto 957/2002, se regulan las inspecciones técnicas en carretera de los vehículos industriales que circulen en territorio español. BOE Nº 227 de 21/09/2002

2. Real Decreto 2042/1994, inspección técnica de vehículos. BOE Nº 275 de 17/11/1994

3. Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras. BOE n.° 234 de 30/9/2015

4. Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía. BOJA n.° 85 de 26/07/2001

5.18.15. Plan Integrado de Gestión de Recursos Naturales para la Base Aérea de

Morón (2015 - 2020).

5.18.16. Normas Reguladoras Finales para España, Mayo 2015

5.18.17. Conservación y Mantenimiento de la Vegetación Existente: El Contratista conservará y protegerá la vegetación (árboles, arbustos, césped) existente en el emplazamiento o adyacente al mismo, que no tenga que ser retirada o no tenga que ser afectada por los trabajos requeridos por este contrato. El Contratista sólo retirará los árboles y/o arbustos específicamente identificados en las especificaciones y planos y evitará dañar la vegetación restante.

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