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Retrofit R-22 A/C Units Federal contract opportunity
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FA5575-15-B-0008
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Department of the Air Force United States Air Forces in Europe - Air Forces Africa

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PREPARADO PARA EL DEPARTAMENTO DE LAS

FUERZAS AÉREAS

POR

VECTRUS

SECCIÓN DE INGENIERÍA Y DISEÑO

BASE AÉREA DE MORÓN

PREVISIONES TÉCNICAS Y ESPECIFICACIONES PARA:

PROYECTO QUUG 15-1004

RETROFIT DE UNIDADES DE A/A CON R-22

Preparado por: __________________________________________________________________ Nombre: José María Zumárraga Carmona, CENDM Fecha: 17 Abril 15

Aprobado por:__________________________________________________________________ Nombre: John L. Breeden, CEN Fecha: 17 Abril 15

LISTA DE ESPECIFICACIONES

DIVISIÓN 01 - REQUISITOS GENERALES

01 11 00 Objeto del trabajo, planos y condiciones especiales 4 01 11 01 Condiciones generales 9

DIVISIÓN 02 - CONDICIONES EXISTENTES

02 41 10 Demolición y desmontaje 2

DIVISIÓN 23 - CALEFACCIÓN, VENTILACIÓN Y AIRE

ACONDICIONADO

23 00 00 Requisitos generales de mecánica 3 23 07 00 Aislamiento de los sistemas mecánicos 5 23 35 19 Aire acondicionado 5

PT-2

SECCIÓN 01 11 00

OBJETO DEL TRABAJO, PLANOS Y CONDICIONES ESPECIALES

1. OBJETO DEL TRABAJO: El proyecto consiste en realizar una reconversión (retrofit) de equipos de aire acondicionado/bomba de calor que actualmente contienen refrigerante R-22 para que funcionen con refrigerante R-407c.

1.1 El trabajo a realizar en cada uno de los equipos es el siguiente:

1.1.1 Medición y realización de informe previo de eficiencia energética.

1.1.2 Retrofit de los equipos frigoríficos, incluyendo la recuperación y posterior destrucción del refrigerante del equipo de frío, limpieza del equipo, prueba de estanqueidad, carga de gas refrigerante R-407C, introducción de aceite sintético POE y aditivos, ajuste y puesta en marcha.

1.1.3 Medición y realización de informe comparativo de eficiencia energética antes y después del retrofit.

1.1.4 Limpieza final de las instalaciones.

1.2 Los equipos afectados por este proyecto son los siguientes:

LOCATION EQUIPMENT INFORMATION REFRIGERANT (*)

Facility Function General description of system

C ap ac ity

(k W

N um be r of r ef ri ge ra tio n ci rc ui ts

(E a)

T yp e

A m ou nt

(K g)

A m ou nt

(l bs

105 Theater Split 65.10 2 R-22 26.80 58.96 106-1 LGC Roof top 7.74 1 R-22 2.80 6.16 106-2 LGC Roof top 8.74 1 R-22 3.80 8.36 106-3 LGC Roof top 19.35 1 R-22 6.98 15.36 106-4 LGC Roof top 10.74 1 R-22 5.80 12.76 106-5 LGC Roof top 12.90 1 R-22 3.91 8.61 106-6 LGC Roof top 12.90 1 R-22 3.91 8.61 110-1 Police Split 26.00 2 R-22 7.00 15.40 110-2 Police Split 20.00 1 R-22 5.80 12.76 121-1 Motor Pool Chiller 45.72 1 R-22 10.90 23.98

01 11 00 - 1

160-1 Comms Split 65.70 2 R-22 26.80 58.96 160-2 Comms Split 17.40 1 R-22 4.77 10.49 160-4 Comms Split 21.50 2 R-22 12.00 26.40 160-5 Comms Split 16.12 1 R-22 6.80 14.96 160-6 Comms Split 16.12 1 R-22 7.80 17.16 302-1 Club Split 65.70 2 R-22 26.80 58.96 302-2 Club Split 65.70 2 R-22 26.80 58.96 302-3 Club Split 17.40 1 R-22 4.77 10.49 310 Child Center Split 52.68 2 R-22 10.00 22.00 312-1 Gym Chiller 166.50 4 R-22 76.00 167.20 312-3 Gym Roof top 22.86 1 R-22 3.54 7.79 402-1 Supply Roof top 52.75 2 R-22 33.60 73.92 402-2 Supply Compact 27.00 1 R-22 4.54 9.99 414-1 Warehouse Compact 17.40 1 R-22 4.18 9.20 904-1 POL Split 14.06 1 R-22 3.42 7.52 904-2 POL Split 17.58 1 R-22 5.00 11.00 904-3 POL Split 14.06 1 R-22 3.42 7.52 1002 Ammo Split 48.75 1 R-22 11.20 24.64 1003 Ammo Split 48.75 1 R-22 11.20 24.64 1012 Ammo Roof top 83.70 2 R-22 18.67 41.07 1401-1 Tower Split 7.53 1 R-22 2.00 4.40 1401-3 Tower Split 12.10 1 R-22 3.00 6.60 1401-4 Tower Split 7.53 1 R-22 2.00 4.40 1401-5 Tower Compact 31.06 1 R-22 6.00 13.20 1401-6 Tower Compact 31.06 1 R-22 6.00 13.20 1401-7 Tower Split 14.90 1 R-22 3.00 6.60 1401-8 Tower Split 14.90 1 R-22 3.00 6.60 1411-1 Base Ops Chiller 200.00 6 R-22 30.00 66.00 1411-2 Base Ops Chiller 200.00 6 R-22 30.00 66.00 1411-4 Base Ops Split 10.50 1 R-22 3.80 8.36 1411-5 Base Ops Split 10.50 1 R-22 3.80 8.36 1411-6 Base Ops Split 10.50 1 R-22 3.80 8.36 1411-7 Base Ops Split 10.50 1 R-22 3.80 8.36 1426-1 Transient Alert Chiller 45.72 1 R-22 10.90 23.98 1512 Fuel Pumps Compact 10.55 1 R-22 1.87 4.12 1523 Fuel Pumps Compact 10.55 1 R-22 1.87 4.12 (*) La cantidad de refrigerante se muestra únicamente como referencia

01 11 00 - 2

2. PERIODO DE EJECUCIÓN: El periodo de ejecución propuesto para este proyecto es de 140 días naturales. Dicho periodo de ejecución incluye 60 días naturales para la presentación de submittals, recepción de materiales en obra y medición/realización de informe previo de eficiencia energética; 50 días naturales para realización el retrofit; y 30 días naturales para la medición/realización del informe comparativo de eficiencia energética pre/post-retrofit .

El Contratista no podrá comenzar el trabajo hasta que el material haya sido recibido.

2.1 Será la exclusiva responsabilidad del Contratista garantizar que todas las presentaciones sean entregadas en la Oficina de Contratación para su aprobación a su debido tiempo, de manera que no se incurra en retrasos en la terminación de la obra. Para materiales o equipos que requieran de un largo plazo de entrega, dicho plazo será incluido en el período de ejecución. Demoras en la entrega/obtención no justificará una prórroga del período de ejecución.

3. PLANOS:

No. de Plano Hoja Fecha Título 01 of 02 R-707-01 17 Abr 15 Portada, relación de planos 02 of 02 R-707-02 17 Abr 15 Plano de situación y listado de equipos

4. MATERIALES SUMINISTRADOS POR EL GOBIERNO (GFM): No se usa.

5. EQUIPO, CONTROLES Y MATERIALES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA: No se usa.

6. CERTIFICADO: Las empresas licitantes deberán estar certificadas y presentarán dicha certificación para demostrar que están habilitadas para la manipulación de equipos con sistemas frigoríficos de cualquier carga de refrigerantes fluorados según RD 795/2010, Anexo I.

("Certificado acreditativo de la competencia para la manipulación de equipos con sistemas frigoríficos de cualquier carga de refrigerantes fluorados").

7. REQUISITOS ESPECIALES: Los siguientes requisitos especiales serán de aplicación:

7.1 Fases de trabajo: La realización de los trabajos se llevará a cabo para minimizar en todo lo posible la interrupción del suministro de aire acondicionado y/o calefacción a los edificios afectados. No se permitirá ninguna actividad que altere el funcionamiento normal de los edificios afectados hasta que las herramientas y el material necesario estén en el lugar de trabajo. La operaciones de retrofit se realizarán durante la temporada de no uso de aire acondicionado/calefacción.

7.2 La temporada de no uso de aire acondicionado/calefacción se define como sigue en la directiva USAFEI32-7040: Temporada de no uso de aire acondicionado/calefacción: “Los sistemas de confort de refrigeración no deberían de estar operativos hasta que la temperatura

01 11 00 - 3 exterior exceda 75 ºF (24 ºC) bulbo seco o 68 ºF (20 ºC) bulbo húmedo durante cinco días consecutivos. La estación de calefacción no debería comenzar hasta que la temperatura exterior caiga por debajo de 55 ºF (13 ºC) durante cinco días consecutivos”. Este periodo puede variar, pero se establece usualmente entre el 1 Octubre hasta el 15 de Noviembre y desde el 1 de Marzo hasta el 15 de Abril. Estas fechas se muestran únicamente como guía general.

*** FIN DE LA SECCIÓN ***

01 11 00 - 4

SECCIÓN 01 11 01

CONDICIONES GENERALES

1. OBJETO: El trabajo consiste en suministrar toda la mano de obra, materiales, instalaciones, transporte, equipo y servicios, para completar el proyecto descrito en la sección 01 11 00, “Objeto del trabajo, planos y condiciones especiales”, de acuerdo con los planos y especificaciones, completamente finalizado y en disposición de uso mediante contrato de construcción a precio fijo. Las mediciones que aparecen en los planos y en las especificaciones se dan únicamente como referencia. Será responsabilidad del Contratista verificar todas y cada una de las medidas.

2. CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DEL TRABAJO: El trabajo consiste en ejecutar las partidas indicadas en el objeto del trabajo pero sin estar limitado a las mismas. Todas las partidas indicadas en el objeto del trabajo no limitan ni reducen la responsabilidad del Contratista para realizar todo el trabajo que requiera el proyecto para suministrar una instalación completa y operativa.

3. LOCALIZACIÓN: La obra se realizará en la Base Aérea de Morón, España, como se muestra en los planos de contrato.

4. PLANOS QUE ACOMPAÑAN AL PLIEGO DE CONDICIONES: Los planos que acompañan al presente Pliego de Condiciones forman parte integrante del mismo. Dichos planos son propiedad del Gobierno y deberán utilizarse exclusivamente para los fines del Pliego de Condiciones. Los planos que se relacionan en este pliego de condiciones son de tamaño similar al A1.

5. GARANTÍA: Para este contrato, el Contratista proveerá de una garantía comercial de un año que cubra todas las partidas del objeto del trabajo incluyendo los materiales y la ejecución.

La garantía cubrirá todos los defectos detectados de los que se informe al Contratista en el año a partir de la fecha de aceptación de la obra. El Contratista reparará o reemplazará los materiales defectuosos a su costa, en un período de tiempo razonable, y como lo apruebe el Oficial de Contratación. El Contratista proveerá cualquier periodo adicional de garantía que estuviese recogido en los códigos y normativas españoles. El contratista presentará la carta de garantía 15 días naturales después de la aceptación de la obra.

6. ACCESO A LA BASE:

6.1 Permiso o Autorización: El Contratista deberá obtener todos los permisos o autorizaciones para acceder a la Base Aérea de Morón. Una vez completadas las obras, el Contratista devolverá los permisos o autorizaciones. Será responsabilidad del Contratista proveer

01 11 01 - 1 los escoltas que se requieran para completar el proyecto.

6.2 Retrasos e Interrupciones: Se advierte al Contratista que pueden ocasionarse retrasos debido a razones de seguridad en el proceso de entrada y salida del personal y materiales de la Base. Además, el Contratista deberá interrumpir inmediatamente su trabajo, cuando así se le ordene, en el caso de producirse condiciones de alarma de seguridad.

7. SERVICIOS GENERALES DE LA BASE:

7.1 Disposición de Servicios Generales de la Base: Los servicios generales de agua, saneamiento y electricidad de la base estarán a disposición del Contratista para conectar los siguientes edificios: oficinas, aseos, áreas de descanso y laboratorios.

Los siguientes servicios estarán disponibles desde los sistemas de servicios generales de la base.

Otros servicios aparte de los listados a continuación serán suministrados por el contratista sin incurrir en costo alguno para el Gobierno.

a. Electricidad 120/208 Voltios, 60 Hz.

b. Agua no potable.

15 días naturales después de la notificación de inicio de las obras (NTP) el contratista solicitará la conexión e indicará el tipo de suministro deseado, el tipo de conexión y desconexión, el uso del suministro y el tiempo máximo de duración. Todos los trabajos de conexión y desconexión de los servicios generales de la Base se deberán programar entre las 08:30 y las 16:00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos. Será responsabilidad del Contratista el efectuar las conexiones y desconexiones y deberá abonar los costos derivados de la conexión, desconexión, conversión, transporte de los servicios de la Base al lugar de la obra, incluida la provisión de mecanismos que impidan el retroceso del flujo de agua en las conexiones a tuberías de suministro de agua y el suministro e instalación de transformadores si fueran necesarios. El Contratista no accionará ni alterará ningún dispositivo de control del sistema de los servicios generales, incluyendo agua, alcantarillado y electricidad. El Gobierno operará los dispositivos de control. Solicitudes adicionales serán procesadas a través del Oficial de contratación o representante autorizado con un mínimo de 5 días laborales antes de una conexión, desconexión o maniobra de control del sistema de los servicios generales sea necesaria. Se prohíbe el uso de conexiones aéreas temporales a los servicios. Todos los sistemas serán restaurados a su condición original antes de efectuarse el pago final del contrato.

7.2 Cortes de Servicios Generales de la Base: 15 días naturales después de la notificación de inicio de las obras (NTP) el contratista solicitará el corte de los servicios e indicará el tipo de corte a realizar, el objeto del trabajo y el tiempo máximo de duración. Todos los trabajos de cortes de los servicios generales se deberán programar entre las 08:30 y las 16:00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos. El Contratista no accionará ni alterará ningún dispositivo de control del sistema de los servicios generales, incluyendo agua, alcantarillado y electricidad. El Gobierno

01 11 01 - 2 operará los dispositivos de control. El Contratista notificará al Oficial de Contratación o representante autorizado con 15 días laborables de antelación cada vez que un corte, puesta en servicio o maniobra de control del sistema de los servicios generales sea necesario. Todos los sistemas serán restaurados a su condición original antes de efectuarse el pago final del contrato.

8. TRABAJOS DE SOLDADURA: El Contratista presentará para su aprobación una solicitud por escrito al Oficial de Contratación o representante autorizado con 10 días naturales de antelación para cualquier trabajo de soldadura, como la soldadura autógena o corte con chorro de plasma. Dicha solicitud indicará los procedimientos de soldadura y las medidas de prevención de incendios. Todos los trabajos de soldadura realizados durante el proyecto sólo se llevarán a cabo por soldadores cualificados. Las copias de los certificados de soldadura, emitidos por una agencia aprobada, se mantendrán en los archivos del inspector de construcción.

9. TRÁFICO DE VEHÍCULOS, MAQUINARIA Y EQUIPOS:

9.1 Control del Tráfico: Los trabajos que conlleven la interrupción al tráfico de vehículos o personas en la Base requerirán un plan aprobado de control de tránsito. Dicho plan ha de ser aprobado 7 días naturales, al menos, antes de la fecha de inicio de la interrupción. Dicho plan incluirá la fecha, duración, rutas alternativas propuestas, señales, barreras, conos y/o abanderados.

El Contratista establecerá procedimientos alternativos en el caso de que se diesen circunstancias impredecibles. La responsabilidad de suministrar, erigir, mantener y retirar todas las señales, barreras, conos, banderas será íntegramente del Contratista. Una vez completadas las obras, el Contratista retirará los elementos de señalización, como las barreras, conos y/o banderas.

9.2 Rutas de Acceso: 15 días naturales después de la notificación de inicio de las obras (NTP) el Contratista deberá presentar un plan para las rutas de acceso que deberá aprobar el Oficial de Contratación o representante autorizado.

9.3 Camiones: Los camiones cargados con material suelto (polvo volátil, escombros u objetos que pudiesen caer de los mismos), irán debidamente cubiertos. Se asegurarán dichos cobertores, tales como lonas, por encima del cargamento antes de acceder a las calles adyacentes.

10. PROGRAMA DE AVANCE DE OBRA (AF Form 3064): (Véase Solicitación/Contracto FAR cláusula 52.236-15, Programa de Obra de Contratos de Construcción, Abril 1984. El Contratista deberá, 10 días naturales después de la notificación de inicio de las obras (NTP) u otro periodo tal y como determine el Oficial de Contratación, preparar y entregar para su aprobación un programa de avance de obra mostrando la secuencia en la cual el Contratista pretende ejecutar los trabajos, y la fecha contemplada por el Contratista para empezar y completar los trabajos más sobresalientes de la obra (incluyendo la adquisición de materiales, planta e equipo). El programa de avance de obra será entregado en formato de grafico de tamaño adecuado para indicar el porcentaje del trabajo programado para su terminación en una fecha dada durante el periodo de ejecución. En el caso de que el Contratista no entregue el programa de avance de obra dentro del periodo establecido, el Oficial de Contratación podrá retener la autorización del pago de

01 11 01 - 3 las certificaciones hasta que el Contratista entregue el cronograma de obra requerido.

11 INSPECCIÓN PRE-FINAL Y FINAL: La inspección final y aceptación serán llevada a cabo conjuntamente por el inspector y un representante de la oficina de contratación. El contratista solicitará una inspección pre-final una vez que se hayan finalizado todos los trabajos a juicio del inspector. Tras la resolución de las discrepancias halladas durante la inspección pre-final, si las hubiera, el contratista solicitará una inspección final. Todas las partidas pendientes de la lista de discrepancias deben finalizarse antes de la aceptación final del proyecto.

12. JORNADA LABORAL:

12.1 Jornada Normal de Trabajo: El Contratista deberá realizar todo el trabajo durante la jornada normal de trabajo a menos que se le conceda una autorización especial por el representante de la Oficina de Contratación para desviarse de dicho horario. La jornada normal de trabajo será de 0800 a 1700 de lunes a viernes, exceptuando los días festivos.

12.2 Jornada fuera del Horario Normal: Si el Contratista desease efectuar trabajos fuera del horario habitual o en sábados, domingos o festivos, deberá presentar una petición al Oficial de Contratación. El Contratista deberá realizar la petición con 5 días laborables de antelación, como mínimo.

13. CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES EXISTENTES:

El Contratista conservará y protegerá todas las instalaciones existentes en el emplazamiento o adjuntas al mismo que no vayan a ser retiradas o que no tengan que ser afectadas por los trabajos requeridos por este contrato. El Contratista restaurará, sin coste para el Gobierno de los Estados Unidos, a su estado original la instalación afectada durante la ejecución de la obra antes de la aceptación final de los trabajos de este proyecto.

14. INVESTIGACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO DE OBRA Y CONDICIONES QUE

AFECTEN EL TRABAJO: El Contratista atestiguará que ha tomado los pasos razonablemente necesarios para investigar y cerciorarse de que conoce la naturaleza del trabajo y la ubicación del mismo y que se encuentra satisfecho de conocer las condiciones locales y generales que puedan afectar el trabajo o el costo del mismo, que incluye pero no está limitado a (Véase Solicitación/Contrato FAR cláusula 52.236.3, Investigación del Emplazamiento de Obra y Condiciones que Afecten el Trabajo, Abril 1984).

15. PERMISOS Y RESPONSABILIDADES: El Contratista, sin costo adicional para el gobierno, será responsable de obtener cualquier licencia o permiso, y de cumplir con cualquier ley nacional, regional, local y municipal, y los códigos y regulaciones aplicables a la ejecución del trabajo. El Contratista será responsable de cualquier daño a personas o a la propiedad que puedan ocurrir como resultado de la negligencia o fallo del Contratista. El Contratista igualmente será responsable de todo el material entregado en obra y del trabajo ejecutado hasta la terminación y aceptación del mismo con la excepción de cualquier unidad de trabajo terminado que pueda haber

01 11 01 - 4 sido aceptado bajo el contrato. (Véase Solicitación/Contrato FAR cláusula 52.236.7, Permisos y Responsabilidades, Nov 1991)

16. PERSONAL DEL CONTRATISTA Y SUBCONTRATISTA: El organigrama de personal clave estará expuesto en la oficina del contratista en todo momento. Cualquier propuesta de cambio en el personal clave durante la ejecución del proyecto será presentada al Oficial de Contratación para su aprobación.

16.1 Personal Clave: 15 días naturales después de la notificación de inicio de las obras (NTP) el Contratista presentará un organigrama con el currículum vitae del personal clave propuesto, incluyendo el Jefe de Obra y Jefe de Control de Calidad para su aprobación por el Oficial de Contratación. La ocupación de estos puestos de trabajo es de obligado cumplimiento y no son intercambiables. Un mismo individuo no podrá ostentar más de uno de estos puestos de trabajo.

16.2 Jefe de Obra: El Contratista será responsable de la supervisión de la obra y por tanto asignará y tendrá en el emplazamiento de la obra un Jefe de Obra competente. El Jefe de Obra estará presente en el emplazamiento de la obra todo el tiempo durante la ejecución del proyecto y tendrá autoridad para actuar en nombre del Contratista y las cualificaciones y experiencia necesaria para será realizar el trabajo de acuerdo con las características y complejidad del proyecto. El Jefe de Obra será capaz de responder de manera eficiente las cuestiones técnicas relacionadas con el proyecto y de dirigir la obra eficientemente. El Oficial de Contratación o representante autorizado tendrá el derecho a decidir, sin apelación posible a dicha decisión, si el propuesto Jefe de Obra tiene la competencia y capacidad técnica o no, en cuyo caso, dicho Jefe de Obra será reemplazado inmediatamente por otro previamente aprobado por el Oficial de Contratación o su representante autorizado.

16.3 Personal de Control de Calidad:

16.3.1 Jefe de Control de Calidad: El Jefe de Control de Calidad estará presente en el emplazamiento de la obra todo el tiempo durante la ejecución del proyecto para realizar las tareas de control de calidad. El Oficial de Contratación o representante autorizado tendrá el derecho a decidir, sin apelación posible a dicha decisión, si el propuesto Jefe de Control de Calidad tiene la competencia y capacidad técnica o no, en cuyo caso, dicho Jefe de Control de Calidad será reemplazado inmediatamente por otro previamente aprobado por el Oficial de Contratación o su representante autorizado.

16.4 Listado del Personal: 15 días naturales después de la notificación de inicio de las obras (NTP) el Contratista presentará una lista del personal clave propio (previa aprobación por parte del Oficial de Contratación), incluyendo los puestos que ocupan y teléfonos para uso en caso de emergencia. A medida que se produzcan cambios y se disponga de información adicional, el Contratista corregirá la información contenida en las listas entregadas con anterioridad.

01 11 01 - 5

16.5 Desplazamiento del Personal en la Base: El personal que trabaje en la Base deberá mantenerse dentro del emplazamiento y se desplazará por las rutas de acceso aprobadas. El personal no entrará en las zonas restringidas salvo que tenga la debida autorización para tal entrada.

17. DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN: Queda prohibida la divulgación de información o fotografías concernientes a cualquier aspecto de los materiales o servicios relacionados con esta petición de oferta, orden de compra u otros documentos derivados de este proyecto sin la aprobación previa del Oficial de Contratación.

18. PROGRAMA DE SALUD Y SEGURIDAD:

18.1 Normativa General: El Contratista cumplirá con la correspondiente legislación vigente del Estado, Comunidad Autónoma, Provincia y Municipio:

- "Occupational Safety and Health as of 1970, Public Law 91-596, 91 Congress, S.2193, 29 December 1970".

- "Public Law Amendments 91-596 through 1 January 2004".

- Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

- Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.

- Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas y sus modificaciones RD 1802/2008 y RD 717/2010.

- Real Decreto 485/1997 de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

- Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

- Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.

- Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.

01 11 01 - 6

- Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

- Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo y su modificación RD 1124/2000.

- Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

- Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo y su modificación RD 2177/2004.

- Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción y su modificación RD 337/2010.

- Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

- Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.

Real Decreto 374/2001, de 6 de abril sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.

Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo.

Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas y su modificación RD 330/2009.

18.2 Normativa de la Base: El Contratista, sus empleados y subcontratistas deberán

01 11 01 - 7 familiarizarse y cumplir las reglas y regulaciones, incluyendo las de fuego, tráfico y seguridad.

18.3 Excavaciones y Áreas Peligrosas: Excavaciones y otras áreas consideradas peligrosas por el Gobierno de los Estados Unidos serán protegidas con las oportunas barreras, luces y balizas (banderas, conos o tableros). Luces de aviso (lámpara portátil con IP-44 mínimo) o alumbrado autónomo han de ser instalados por el Contratista. El Contratista correrá con los gastos producidos por daños debidos a su negligencia. La responsabilidad de suministrar, erigir, mantener y retirar todas las barreras, luces, balizas y luces de aviso o alumbrado autónomo será íntegramente del Contratista. Una vez completadas las obras, el Contratista retirará los elementos de señalización, como las barreras, luces y balizas.

18.4 Incineraciones y Explosivos: Quedan prohibidas las prácticas de incineración y la utilización de explosivos sin el permiso escrito del Gobierno de los Estados Unidos.

19. AMIANTO: Queda prohibido el uso de materiales que contengan amianto.

20. RESTRICCIONES PARA RADIOS Y TELÉFONOS MÓVILES: En ninguna circunstancia se usarán transmisores de radio ni teléfono móviles sin previa autorización del Gobierno de los Estados Unidos.

21. PROTECCIÓN CONTRA LA INTEMPERIE: El Contratista tomará las precauciones necesarias para proteger de la intemperie la obra, las instalaciones, equipos y los materiales, incluidos aquellos suministrados por el Gobierno o propiedad del Gobierno. Será responsabilidad del Contratista tener conocimiento de la predicción meteorológica y de tomar las medidas de protección necesarias. Antes de comenzar cualquier trabajo el Contratista tendrá en la obra el material (toldos, etc.) o equipos necesarios para proteger la obra, las instalaciones, equipos y materiales que pudiesen estar expuestos a la lluvia, viento u otros elementos de la naturaleza. Los toldos requeridos no serán de plástico ligero, sino que deberán tener un espesor suficiente para asegurar que el peso del agua de lluvia acumulada no supere la resistencia del toldo ante la posibilidad de que el peso del agua acumulada por formación de bolsas pudiera romper el toldo. El Contratista será responsable de los daños causados debido a la falta de protección contra la intemperie.

22. PRESENTACIONES DE MATERIALES Y/O EQUIPOS:

22.1 Presentaciones Requeridas: El Jefe de Control de Calidad del Contratista presentará la documentación o muestra que se indica en el documento "Resumen Muestras de Material" para cada material o equipo.

22.2 Procedimiento para la Presentaciones: El Contratista adjuntará un impreso "AF Form 3000" a la documentación o muestra del material o equipo que desea presentar. El Contratista completará todos los campos necesarios del impreso "AF Form 3000". El Contratista entregará el impreso "AF Form 3000" y la documentación o muestra del material o equipo al

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Oficial de Contratación dentro del plazo indicado en el documento "Resumen Muestras de Material" para su aprobación antes de comenzar cualquier tipo de trabajo. El Oficial de Contratación devolverá al Contratista el impreso "AF Form 3000" en un plazo razonable de tiempo (estimado por el Oficial del Contratación), indicando si dicha presentación está o no aprobada. En el caso en que la presentación no haya sido aprobada por el Oficial de Contratación, el Contratista volverá a presentar una nueva presentación.

22.3 Impreso "AF Form 3000": Será creado por el Contratista y firmado por el Jefe de Control de Calidad.

23. MATERIALES Y/O EQUIPOS:

23.1 Orden de Compra de Materiales y/o Equipos: Una vez el Contratista reciba la aprobación por parte del Oficial de Contratación de la presentación, el Contratista realizará la orden de compra del material/equipo aprobado.

23.2 Retraso de Entrega de Materiales y/o Equipos: El retraso en el envío de los materiales y/o equipos no será razón justificada para extender el periodo de ejecución del contrato.

24. INICIO DE OBRA: Una vez todos los materiales y/o equipos requeridos se encuentren disponibles para su uso, el Contratista podrá empezar los trabajos. Si el Contratista quisiera comenzar los trabajos sin todos los materiales y/o equipos en la obra, deberá solicitar una autorización por parte del Oficial de Contratación.

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SECCIÓN 02 41 10

DEMOLICIÓN Y DESMONTAJE

APARTADO 1 - GENERALIDADES

1.1 REFERENCIAS: Las publicaciones relacionadas a continuación forman parte de este Pliego de Condiciones en la extensión referenciada. Se las cita por las iniciales de su designación.

Orden MAM/304/2002 Operaciones de Valorización y Eliminación de Residuos.

Real Decreto 1042/2013 de 27 de diciembre, Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.

1.2 REQUISITOS GENERALES: No se comenzarán los trabajos de retirada de refrigerante R-22 en tanto no se haya recibido la autorización del Oficial de Contratación o representante autorizado.

1.3 PRESENTACIONES: Presentar lo siguiente:

1.3.1 Certificaciones:

a. Gestor de materiales peligrosos.

b. Vertedero autorizado o planta de tratamiento y valorización de residuos.

c. Certificados de depósitos/destrucción de residuos procedentes de la construcción y demolición.

1.4 NORMATIVA Y REQUISITOS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO: Se

observarán las normativas estatales y locales. Además se observará lo dispuesto, en cuanto a seguridad en el trabajo, en la "Ley de Prevención de Riesgos Laborales".

1.5 PROTECCIÓN:

1.5.1 Obra Existente: Las obras existentes que deban mantenerse, reusarse o permanecer en propiedad del Gobierno, deberán ser protegidas y se procederá a la reparación de aquellos elementos que resulten dañados durante la ejecución de la obra o a su sustitución si es el caso. Las reparaciones deberán ser aprobadas por el Oficial de Contratación o representante autorizado.

1.6 FUEGO: No se permitirá el uso de fuego para quemar materiales. En edificios con estructura de madera o con abundancia de material combustible se dispondrá, como mínimo de un extintor manual contra incendios.

APARTADO 2 - PRODUCTOS

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NO SE USA.

APARTADO 3 - EJECUCIÓN

3.1 RETIRADA DE REFRIGERANTE R-22:

3.1.1 Equipos e Instalaciones: . El refrigerante R22 y aceite serán gestionados para su destrucción según el real decreto 1042/2013. Reparar los elementos afectados con materiales y acabado similar a las zonas adyacentes.

3.2 DISPOSICIÓN DE LOS MATERIALES:

3.2.1 Propiedad de los Materiales: Excepto donde se indique en las especificaciones o en los planos, todos los materiales y equipos desmontados y no reutilizados quedarán de propiedad del Contratista y serán retirados de la Base. La propiedad de los materiales resultantes de demoliciones y los materiales y equipos a desmontar se transfiere al Contratista una vez aprobado por el Oficial de Contratación o representante autorizado los procedimientos de demolición y desmontaje y concedida la autorización por el Oficial de Contratación o representante autorizado para comenzar la demolición. El Gobierno no se hará responsable de la condición, pérdida o daño a tal propiedad con posterioridad al aviso de comienzo de la obra. Los materiales y equipos desmontados no podrán ser expuestos ni vendidos en la obra.

3.3 LIMPIEZA: Escombros y Basuras: Retirar y transportar los escombros y basuras de forma que no se derramen en calles o áreas adyacentes. Limpiar los derrames ocurridos en calles o áreas adyacentes.

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SECCIÓN 23 00 00

REQUISITOS GENERALES DE MECÁNICA

1.1 APLICACIÓN: Esta sección aplica a las secciones de la División 23 "Mecánica" de este proyecto excepto que se especifique otra cosa en cada sección individual. Todo el equipo mecánico y materiales cumplirán y se instalarán en estricta concordancia con las mejores prácticas de las industrias de la fabricación y construcción mecánicas y conforme a las normas aplicables en España. El equipo defectuoso o dañado durante la instalación o las pruebas se reemplazará o reparará de manera que se encuentre la aprobación del Oficial de Contratación. Los planos de contrato indican la extensión y disposición general de los sistemas mecánicos. Si hubiera cualquier variación de los planos de contrato estimada necesaria por el Contratista, los detalles de esas variaciones y las razones por las que se solicitan se remitirán al Oficial de Contratación para la aprobación tan pronto como sea posible. No se realizará ninguna modificación antes de la aprobación previa por escrito del Oficial de Contratación.

1.2 PRESENTACIONES: Se remitirán los planos de taller, datos de los fabricantes y certificados de los equipos, materiales y acabado, así como los detalles pertinentes de cada sistema donde se haya especificado en cada sección individual, dentro de los 15 días después de la fecha de notificación de comienzo y antes de empezar la instalación de cualquier material o equipo y hacer que éstos sean aprobados antes del pedido, fabricación o entrega de los artículos en obra. No se aceptarán entregas parciales y serán devueltas sin revisar. Las entregas incluirán el nombre del fabricante, nombre de la marca, país de origen, modelo o número de catálogo, datos de la placa de identificación, tamaño, dimensiones de montaje, capacidad, especificación de proyecto y párrafo de referencia, y cualquier otra información necesaria para establecer el cumplimiento con el contrato de cada elemento que el Contratista se propone suministrar. La aprobación de los materiales se basará en las características publicadas del fabricante. Cualquier material, aparato o equipo enumerado que no esté de acuerdo con los requisitos de la especificación será rechazable. Los datos descriptivos serán anotados para mostrar el modelo especificado, tipo y tamaño de cada elemento que el Contratista se propone suministrar. Con relación a los equipos indicados en los planos, se proveerán e indicarán los datos de funcionamiento real correspondientes a las condiciones de diseño indicadas en dichos planos para cada elemento.

1.2.1 Datos del Fabricante: Las entregas para cada elemento fabricado serán la descripción escrita del fabricante de los productos de catálogo, planos de los equipos, esquemas, curvas de rendimiento y características recortes del catálogo.

1.2.2 Cumplimiento con Publicaciones de Referencia: Donde los equipos o materiales están especificados para cumplir con las publicaciones de sociedades industriales y técnicas, de

23 00 00 - 1 organizaciones tales como Deutches Institut fur Normung (DIN), etc., se remitirán pruebas demostrativas de esta cumplimentación. La marca o el registro en la organización especificada será prueba o testificación aceptable de cumplimiento. Se remitirá un certificado de una organización de ensayos independiente, suficientemente equipada y competente para llevar a cabo tales servicios y que haya sido aprobada por el Oficial de Contratación declarando que el elemento ha sido comprobado de acuerdo con los métodos de prueba de esta organización y que el elemento está conforme con las publicaciones de la organización especificadas.

1.2.3 Informes Certificados de Ensayos: Los requisitos de ensayo, de las publicaciones de referencia para materiales, se anularán cuando los certificados originales del fabricante sean sometidos declarando que materiales previamente fabricados han sido verificados por laboratorios aprobados, que tales materiales cumplen con los requisitos de los ensayos del mismo tipo, calidad, fabricante y marca que los que han sido aprobados, no será preciso enviar copias de los informes de ensayos excepto que los requiera específicamente el Oficial de Contratación.

1.2.4 Certificados de Conformidad: Suministrar certificación atestiguando que los materiales y los equipos a ser suministrados para este proyecto, cumplen con los requisitos de esta especificación y con las publicaciones de referencia. Las certificaciones han de ser las originales del fabricante. La certificación simplemente declarará que el producto está en conformidad con los requisitos especificados.

1.3 INSTRUCCIONES PARA EL PERSONAL DEL GOBIERNO: Se suministrarán los servicios de instrucciones competentes que den una enseñanza completa al personal del Gobierno en el ajuste, funcionamiento y mantenimiento incluyendo los requisitos de seguridad pertinentes de cada equipo suministrado por el Contratista y cada sistema. Cada instructor estará profundamente familiarizado con todos los elementos de la instalación y estará entrenado en la teoría y la práctica del trabajo de funcionamiento y mantenimiento. La enseñanza se proporcionará durante la primera semana de trabajo regular después de que el equipo o sistema haya sido aceptado y entregado al Gobierno para su uso normal.

1.4 ENTREGA Y ALMACENAMIENTO: El equipo y materiales se almacenarán adecuadamente, se protegerán debidamente y se manipularán cuidadosamente para evitar el daño antes y durante la instalación. El manejo, almacenamiento y protección del equipo y materiales se hará según las recomendaciones del fabricante. Los elementos dañados o defectuosos se cambiarán.

1.5 PRODUCTOS CATALOGADOS: Los materiales y equipo serán productos de catálogo de fabricantes dedicados regularmente a la producción de tales materiales y equipos y serán el último modelo del fabricante que cumplimente los requisitos de la especificación. Los materiales y equipo serán iguales a aquellos que hayan sido usados satisfactoriamente, comercial o industrialmente. Donde se requieran dos o más elementos de la misma clase de equipo serán de un sólo fabricante; sin embargo, los elementos parciales no tendrán que proceder necesariamente del mismo fabricante. Cada elemento del equipo llevará el nombre del fabricante, dirección, número del modelo y número de serie en la placa de identificación debidamente fijada en el lugar adecuado;

23 00 00 - 2 no se aceptará la placa de identificación del agente distribuidor.

1.6 REQUISITOS ELÉCTRICOS: La alimentación eléctrica de la Base Aérea de Morón es de 120/208 voltios, 60 Hz.

APARTADO 3 - EJECUCIÓN

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SECCIÓN 23 07 00

AISLAMIENTO DE LOS SISTEMAS MECÁNICOS

1.1 REFERENCIAS: Las publicaciones relacionadas a continuación forman parte de este pliego de condiciones en la extensión citada. Dichas publicaciones se citan en el texto por su designación básica solamente.

UNA NORMA ESPAÑOLA (UNE)

UNE 23727 1990,“Clasificación de los materiales por comportamiento al fuego”.

UNE 92201, 92205 1989, “Determinación de conductividad térmica”.

UNE 92225, 92226 1995, “Determinación de resistencia al vapor de agua”.

REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS (RITE) Y SUS

INSTALACIONES TÉCNICAS (IT), (R.D. 1027/2007)

1.2 MATERIAS RELACIONADAS: La sección 23 00 00, "Requisitos generales de mecánica" es de aplicación a esta sección con las adiciones y modificaciones especificadas aquí.

1.3 CONTROL DE CALIDAD: Proveer aislamiento nuevo en las tuberías de agua fría sanitaria instaladas en el exterior, tuberías de agua caliente sanitaria, agua caliente solar, tuberías de refrigerante y conductos de impulsión y retorno de aire acondicionado y recuperador de energía.

1.3.1 Empaquetado y Etiquetado: Cada paquete o envase normalizado de aislamiento, camisas, colas, adhesivos y revestimientos que se entreguen para uso en la obra deberán llevar el sello o etiqueta del fabricante incorporado citando el nombre, marca y descripción del material.

Los paquetes y envases de aislamiento deberán estar exentos de amianto.

1.3.2 Propagación de Llama y Generación de Humo: Estarán de acuerdo con la UNE 23727. Tendrán una clasificación de combustibilidad M1 y no desprenderán humo en contacto con el fuego.

23 07 00 - 1

2.1 AISLAMIENTO: Los tipos de aislamiento y el espesor de los mismos serán los que se indican en las Tablas I y II incluidas en esta especificación. A menos que se indique otra cosa, aislar los accesorios, bridas y válvulas excepto vástagos, volantes y accionadores con aislamiento del mismo espesor y conductividad que el que se utiliza para la tubería adyacente.

El aislamiento de las tuberías de refrigerante deberá cumplir los siguientes requisitos (AF/Armaflex autoadhesivas): aislamiento térmico flexible, de espuma elastomérica, de células cerradas, libre de halógenos, a base de caucho sintético.

Conductividad térmica a 0ºC: 0.035 W/mºC (UNE 92201) Resistencia al vapor de agua: µ ≥ 7.000 (UNE 92225) Resistencia al fuego: B-s3, d0 (UNE 13501)

El producto será adecuado para ambiente de seguridad elevada. En caso de incendio la generación de humos debe ser baja, de poca opacidad, no-tóxico, libre de halógenos, PVC y CFC.

2.2 ADHESIVOS, SELLADORES Y COMPUESTOS DE REVESTIMIENTO:

2.2.1 Adhesivo para Aislamiento y Barrera de Vapor: Proveer adhesivo para fijar el aislamiento a las superficies metálicas y para solapar la barrera de vapor como lo recomiende el fabricante para cada tipo de aplicación.

2.3 ACCESORIOS:

2.3.1 Clavijas de Anclaje: Suministrar las clavijas de anclaje y arandelas de ajuste rápido recomendadas por el fabricante del aislamiento.

3.1 PREPARACIÓN: No aislar los materiales hasta que se hayan terminado todas las operaciones de limpieza de polvo, óxido, incrustaciones, y estén secas. Dejar espacio adecuado para la expansión de la tubería. Instalar el aislamiento con las camisas estiradas firmemente y selladas a lo largo de las juntas longitudinales y transversales. No utilizar retales de aislante donde pueda colocarse una sección completa del mismo. El aislamiento será continuo a través de manguitos y aberturas de pared o techo. Extender los acabados de las superficies para proteger las mismas, sus extremos y los bordes bastos del aislamiento. Aplicar los revestimientos y los adhesivos con los rendimientos recomendados por el fabricante. Aislar individualmente cada tubería. Proveer un sellado contra la humedad en aquellas superficies para las que se ha especificado barrera de vapor, donde el aislamiento termine contra colgadores metálicos, anclajes y otras proyecciones a través del aislamiento. Mantener el aislamiento seco durante la aplicación del acabado. Biselar y sellar los bordes del aislamiento expuesto.

23 07 00 - 2

3.2 AISLAMIENTO DE TUBERÍA: Suministrar de acuerdo a las instrucciones escritas del fabricante.

3.2.1 Colgantes y Anclajes: El aislamiento de la tubería será continuo a través de los colgantes de la tubería. Cuando la tubería se soporta por el aislamiento, proveer escudetes de protección de acero galvanizado. Cuando se utilicen protectores para tubería de 2 pulgadas y mayores, proveer insertos de aislamiento en los colgadores y soportes. Los insertos de aislamiento serán moldeados de fibra de vidrio (mínimo 0,13 Kg/dm³). Los insertos de aislamiento cubrirán la mitad inferior de la circunferencia de la tubería, es decir 180 grados y no tendrán una longitud inferior a la del escudete protector.

3.2.2 Manguitos: Cuando se penetren paredes interiores, extender una camisa metálica 5 centímetros hacia afuera a ambos lados de la pared y fijarla en cada extremo con una banda.

Cuando se penetren suelos, extender una camisa 25 centímetros por encima del suelo y situar una banda en el suelo y otra a menos de 2,5 centímetros del extremo de la camisa metálica.

3.3 INSPECCIÓN EN OBRA: Inspeccionar visualmente para asegurarse de que los materiales provistos se ajustan a las especificaciones. Realizar las inspecciones conforme se van realizando para verificar el cumplimiento de todos los requerimientos.

23 07 00 - 3

TABLA I

Material de Aislamiento para Tuberías

Requiere Barrera Servicio Material de Vapor

Tubería de Espuma elastomérica Sí Refrigerante

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TABLA II

Espesor de Pared del Aislamiento de Tuberías

Tamaño de Tuberías, (mm)

Servicio Todos los Tamaños

Tubería de 40 refrigerante exterior

Tubería de 20 refrigerante interior

23 07 00 - 5

SECCIÓN 23 35 19

AIRE ACONDICIONADO

1.1 PUBLICACIONES APLICABLES: Las publicaciones relacionadas abajo, a las que se hará referencia más adelante, amplían la designación básica de esta especificación, y son las siguientes:

REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS (RITE) Y SUS

INSTALACIONES TÉCNICAS (IT), (R.D. 1027/2007)

IT 2 “Montaje”.

IT 2.1 “Generalidades”.

IT 2.2 “Pruebas”.

IT 2.3 “Ajuste y equilibrado”.

IT 2.4 “Eficiencia energética”.

IT 3 “Mantenimiento y uso”.

UNA NORMA ESPAÑOLA (1989)

UNE 100.001, UNE 100.102, UNE 100.103, UNE 100.005, UNE 37.136

CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN

HE 1 “Limitación de la demanda energética”

HE 2 “ Rendimiento de las instalaciones térmicas”.

Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo (1990).

Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.

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Orden HAP/369/2015, de 27 de febrero, por la que se aprueba el modelo 586 «Declaración recapitulativa de operaciones con gases fluorados de efecto invernadero», y se establece la forma y procedimiento para su presentación, y se modifican las claves de actividad del impuesto recogidas en el anexo III de la Orden HAP/685/2014, de 29 de abril, por la que se aprueba el modelo 587 «Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. Autoliquidación» y se establece la forma y procedimiento para su presentación.

Reglamento (CE) 842/2006 del parlamento europeo y del consejo de 17 de mayo de 2006 sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero.

Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan.

Instituto Nacional de Racionalización y Normalización (IRANOR).

2002, Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT).

NFPA 70 “National Electrical Code” (NEC).

1.2 REQUISITOS GENERALES:

1.2.1 Descripción del Trabajo: El trabajo incluye la reconversión (retrofit) de equipos de aire acondicionado/bomba de calor que actualmente contienen refrigerante R-22 para que funcionen con refrigerante R-407c. Los equipos, materiales, instalación y mano de obra estarán de acuerdo con el punto 1.1., excepto en donde se diga lo contrario. La capacidad de los equipos no será menor a la indicada. En las publicaciones de la NBE-CPI, a la cual hace referencia, su articulado aplicable tendrá un rango superior a otras publicaciones o normativas aplicables. Referente a la autoridad que tiene jurisdicción, será interpretado que es el Oficial Contratante.

1.2.2 Suministro Requerido:

1.2.2.1 Datos de los Fabricantes:

a. Equipo para medición de eficiencia energética.

b. Equipo para la realización del retrofit.

1.2.2.2 Informes de Pruebas.

a. Informe previo de eficiencia energética.

b. Informe comparativo de eficiencia energética antes y después del retrofit.

1.2.2.3 Cualificaciones.

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a. Cualificación de la empresa que realiza el retrofit.

2.1 ACEITE POE Y ADITIVOS: Aceite sintético POE ISO32 con 15% de aditivo Zerol ICE o igual aprobado.

2.2 TOMAS DE PRESIÓN: El contratista instalará tomas de presión normalizadas con obús en cada circuito frigorífico para realizar la limpieza del mismo.

2.3 NITRÓGENO: El Contratista suministrará Nitrógeno seco para realizar las pruebas de estanqueidad.

2.4 FILTROS Y PEQUEÑO MATERIAL: El contratista suministrará e instalará filtros secadores en cada circuito frigorífico, así como el pequeño material necesario.

2.5 REFRIGERANTE: El contratista suministrará y cargará los circuitos con refrigerante R-407C.

2.6 TUBERÍA DE REFRIGERANTE: La tubería de refrigerante que pudiese resultar dañada en las operaciones de retrofit será repuesta por el contratista. La tubería de refrigerante será de tubo de cobre especial para refrigeración desoxidado y deshidratado. Todas las curvas serán de radio largo. Las uniones serán soldadas con aleación de plata.

2.7 AISLAMIENTO DE TUBERÍAS DE REFRIGERANTE: El aislamiento de tubería de refrigerante que pudiese resultar dañado en las operaciones de retrofit será repuesto por el contratista.

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